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Desde el 2007 hubo un amparo de la Comuna de Ciudad del Este, que evitaba el control por parte de la Patrulla Caminera desde el kilómetro 10 de la Ruta 7. Esta medida había sido recurrida en el 2012 pero el Ministerio rechazó el procedimiento, explicó Luis Christ Jacobs, director de la Patrulla Caminera, en contacto con ABC Cardinal.
Agregó que ahora, ya por el paso del tiempo y prescripción de la medida judicial es que tras 11 años, la Caminera se vuelve a hacer cargo de la ruta, que es la competencia de la institución a su cargo.
Esto fue en el 2007, antes de que salga la Ley Orgánica Municipal de 2010. “En aquel tiempo había dudas si la rutas que pasaban por el ejido municipal pertenecían o no al municipio. Entonces algunos jueces dictaban resoluciones a favor como pasó en Ciudad del Este y otros jueces, como pasó en Ypacaraí y otras ciudades resolvieron en contra del municipio. Pero en el 2010 sale ley 3966, que en su artículo 12 establece que las rutas que pasan por el ejido municipal pertenecen al Estado”, relató.
“En el 2012, por ende se recurrió con una medida de anticonstitucionalidad a la Corte Suprema de Justicia, sin embargo, lo que se debía haber presentado es una excepción de constitucionalidad y por alguna razón eso no se presentó más. En el 2015 sale la ley de tránsito que establece los ámbitos de competencia y otorga a la Patrulla Caminera las rutas, aunque estas atraviesen el casco urbano municipal”, puntualizó.