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“Imaginemos que la oposición estuviera al mando de la Asamblea Nacional. ¿Qué iba a haber el 10 de enero? Un golpe de Estado, golpe de Estado exactamente igual a Paraguay. La única diferencia es que esta Asamblea no es el Congreso paraguayo y Diosdado Cabello no es Franco”, dijo el propio Cabello en el pleno de la Asamblea Nacional, un órgano unicameral que equivale al Poder Legislativo de Venezuela.
La Constitución venezolana establece que hoy, 10 de enero, el presidente electo (Hugo Chávez) debe jurar para el nuevo periodo presidencial (2013-2019). Sin embargo, el mandatario se encuentra convaleciente en La Habana y sin hablar directamente en público desde hace un mes. De él solamente se sabe que tiene una severa infección pulmonar, que se encuentra estable y que fue operado de un cáncer el 11 de diciembre. Estas versiones son sólo del oficialismo.
Pero el Parlamento (con mayoría chavista) y el Tribunal de Justicia de Venezuela se pronunciaron y dijeron que la ausencia de Chávez es temporal y que “puede tomarse todo el tiempo que quiera para jurar”.
Los artículos cuestionados son los siguientes:
Artículo 231 - El candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el diez de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. Si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia.
Artículo 233 - Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.
Tanto la Asamblea Nacional como el Tribunal de Justicia entienden que la ausencia de Chávez no es permanente y que cuenta con un permiso especial por su enfermedad.
De acuerdo a la Constitución, el que debe tomar posesión del cargo ahora es el mismo Diosdado Cabello y convocar a elecciones en un plazo de 30 días.
Diosdado Cabello es un hombre fiel a Hugo Chávez a quien la prensa de su país considera “más chavista que el chavismo”, pero el sucesor nombrado por el jefe de Estado es el vicepresidente y canciller Nicolás Maduro.
Ambos líderes prometieron unidad y lealtad a Hugo Chávez, pero ambos tienen posturas diferentes dentro del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), porque Cabello no es afín a La Habana y se considera que Maduro sí tiene el beneplácito de los hermanos Castro.
Cabello también tiene presuntos nexos con una red de narcotráfico de su país.
Para este jueves se tiene programada una manifestación que busca legitimar el gobierno de Chávez, que toma su quinto periodo sin siquiera estar presente en su país.