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La fiscala Claudia Morys envió varios oficios dentro de la carpeta de investigación que inició para determinar bajo qué condiciones se concretó la habilitación de la candidatura de Vilmar “Neneco Acosta”, supuesto autor intelectual del asesinato de Pablo Medina y Antonia Almada
La Fiscalía solicita a la Asociación Nacional Repúblicana informes sobre la inscripción, para determinar qué habilitó a Vilmar Acosta a candidatarse por el Partido Colorado, y al Tribunal Superior requirió todos los antecedentes, desde el momento de la inscripción como candidato, así como el expediente judicial sobre la apelación planteada por el exintendente de Ypejhú Julián Núñez contra la candidatura de Neneco, y si existe alguna postulación anterior a la del jefe comunal de Ypejhú, Vilmar Acosta.
Ambas instituciones se comprometieron a enviar lo antes posible el pedido realizado por el Ministerio Público. Vilmar “Neneco” Acosta posee doble nacionalidad: paraguaya y brasileña. La Constitución y la Ley Electoral son claras en ese aspecto: el candidato a intendente debe ser paraguayo natural.
Wilmar Acosta Marques es buscado junto con su hermano Wilson Acosta y su sobrino Flavio. Está procesado como autor intelectual y los demás como autores materiales del asesinato del periodista de ABC Color Pablo Medina y su acompañante Antonia Almada.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados aún no trató el caso de los jueces electorales que no impidieron que Vilmar Acosta sea candidato y posteriormente intendente electo de Ypejhú, ya que -según la ley- estaba imposibilitado.
El exintendente de dicha localidad, Julián Núñez, solicitó la nulidad de la elección de Acosta Marques alegando que el mismo tiene doble nacionalidad: la paraguaya y la brasileña. Este pedido lo realizó ante el Tribunal Electoral de Alto Paraná y Canindeyú, con sede en Ciudad del Este. La demanda fue admitida y los jueces solicitaron al Consulado de Brasil en Salto del Guairá una copia del certificado de nacimiento de Acosta Marques. El documento fue remitido y admitido como prueba documental en el juicio.
El 30 de setiembre de 2010, el tribunal paranaense integrado por los jueces Benicio Rodríguez, Carmen Chávez y Francisco Zacarías Cubillas rechazó el pedido de nulidad y ratificó la candidatura de Acosta Marques. En su resolución, reconoció que un extranjero no puede ser candidato, pero alegó que el Tribunal no puede saber si este hizo o no la opción de nacionalidad; por tanto, corresponde rechazar la acción de nulidad.
Ante la negativa de los jueces, Julian Núñez recurrió al Tribunal Superior de Justicia Electoral. En su presentación insistió sobre la doble nacionalidad del candidato y mencionó que en el juicio se presentó como prueba su certificado de nacionalidad brasileña. El 1 de noviembre, un mes antes de los comicios, el Tribunal Superior, integrado por Alberto Ramírez Zambonini (PLRA), Juan Manuel Morales (ANR) y Gilberto Aníbal Meza (ANR) rechazó la apelación. El entonces ministro Morales opinó que no corresponde al TSJE determinar si Acosta Marques realizó o no la opción de ciudadanía.