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El comunicado del TSJE se enfoca en cuatro puntos importantes resaltando en primer lugar que la decisión de la Corte es correcta atendiendo que el juicio político se llevó acorde al artículo 225 de la Constitución Nacional.
“Es importante destacar que el presidente destituido aceptó públicamente someterse al juicio político, antes de su inicio y con todas sus consecuencias”, destacan.
En el segundo punto indican que “Federico Franco fue candidato a Vicepresidente de la Alianza Patriótica para el Cambio Lista 6 y fue proclamado como tal por el TSJE, por ende, de acuerdo a la Constitución (art. 230) y el Código Electoral (art. 170) el Presidente y el Vicepresidente son electos conjuntamente, utilizándose para ello un solo boletín”.
Los ministros electorales reconocen a Franco como “legítimo presidente de la República del Paraguay y deberá completar el periodo constitucional 2008-2013”.
El último punto señala que no se pueden modificar los plazos para las elecciones internas de los partidos políticos que se deben realizar sí o sí entre el 9 de diciembre del 2012 y el 20 de enero del 2013, mientras que las elecciones generales se deberán realizar el 21 de abril del 2013, señalan tajantemente.