Remueven a Alberto Sosa, polémico juez de Luque

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvió hoy remover del cargo a Alberto Sosa Vera, del juzgado penal de garantías de Luque, conocido por dar medidas sustitutivas a la prisión a “motochorros” que balearon a la joven Camila Cabriza.

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Además fueron removidos de sus cargos otros cuatro jueces. Tras la sesión de este martes, el JEM determinó que Sosa Vera incurrió en “mal desempeño de sus funciones”, luego de haber otorgado medidas sustitutivas a la prisión preventiva a un imputado. Esto referente a los procesados por el asalto e intento de muerte de la joven estudiante Camila Cabriza, hecho ocurrido en Luque a inicios de abril pasado. 

Los fiscales Martín Morínigo y Andrés Arriola imputaron al magistrado por quebrantamiento de depósito, que según el artículo 298 del Código Penal, tiene una expectativa de pena de hasta cinco años o multa, cuando se trata de sustracción de objetos que se le hayan confiado a un funcionario público.

Por otro lado también se dispuso por mayoría de votos remover del cargo al juez de primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Puerto Casado de Concepción, Carlos Páez López y de Luz Marizza Cardús, jueza de primera instancia de la Niñez y la Adolescencia y Penal de la adolescencia, Circunscripción Judicial de Concepción, respectivamente, por haberse comprobado que incurrieron en la causal de mal desempeño.

Durante el enjuiciamiento, se probó que el Juez Carlos Páez dio inicio a una demanda sin tener competencia territorial para el efecto y dispuso la notificación de la misma en un domicilio que no es el real de la parte demandada, cercenándole así el derecho a la defensa en juicio, y, además, la jueza Luz Marizza Cardúz dictó sentencia definitiva por la cual hace lugar a la demanda, obviando las pruebas arrimadas en el expediente judicial, con lo cual se violentó el derecho a la defensa en juicio.

Carlos Goiburú Bado, juez de primera instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de Curuguaty; Justo Pastor Benítez y Rosalinga Guens, miembros del Tribunal de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal, y de la Niñez y Adolescencia de la circunscripción judicial de Canindeyú, el JEM también resolvió removerlos del cargo.

El Jurado, por mayoría de votos, resolvió apercibir a las juezas penales de sentencia de la circunscripción judicial de la capital, Abgs. Eva de Witte y Lourdes Sanabria, respectivamente, por haberse comprobado que incurrieron en la causal de “mal desempeño de funciones”.

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