Docente evita la acusación

El cuestionado docente de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNA, Juan Gustavo Rodríguez Andersen, fue beneficiado con el retiro de la acusación por parte del mismo fiscal que lo imputó por acoso sexual.

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El fiscal Julio César Ortiz se allanó al pedido de extinción de la acción presentado por la defensa de Rodríguez Andersen durante una audiencia preliminar desarrollada hoy ante el juez Gustavo Bóveda, Ortiz imputó a Rodríguez Andersen por acoso sexual denunciado por una alumna, delito que fue incluso reconocido por el docente.

La denunciante contó con el acompañamiento de varios compañeros y docentes que repudiaron a Rodríguez Andersen durante la audiencia, la indignación se apoderó de los tribunales de San Lorenzo, cuando tomaron conocimiento de que el agente retiró la acusación.

El repudio al fiscal en cuestión se trasladó también a las redes sociales, donde cuestionaron severamente tanto su actuación y sus declaraciones en las que sostuvo que el caso se perdió “por culpa de la víctima”. El magistrado decidirá mañana si se allana al pedido, con lo cual Rodríguez Andersen podría ser sobreseído en la causa y evitar el juicio oral.

En contacto con ABC Cardinal, el fiscal Ortiz, negó haber solicitado el sobreseimiento para el docente, más bien dijo ser el impulsor de la acusación y el posterior pedido de juicio oral, sin embargo el recurso de excepción de extinción a la acción, esgrimido por la defensa se ajusta a derecho y corresponde.

El agente afirmó haberse quedado sin argumentos para responder al planteamiento de la defensa basada en el artículo 98 del Código Penal, puesto a que un hecho punible a instancia de la víctima tiene un lapso de investigación de seis meses, desde el día en que el acusado toma conocimiento del hecho.

Recordó que el hecho en sí ocurrió en abril de 2014 y la denuncia radicada en noviembre de 2015, en medio de la movilización conocida como Una No Te Calles, es decir pasaron 18 meses, “de esta manera la víctima que insta al proceso se pierde la oportunidad de llevar la causa a juicio oral”.

Según Ortiz, tampoco la querella encontró la manera de responder al planteamiento a pesar que se le corrió traslado. Refirió además que la conducta del acusado en base a los elementos recogidos solo puede encuadrarse dentro de la figura de acoso sexual, ya que no hubo coacción.

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