Diputados aprueban ampliación de Código Penal sobre delitos informáticos

En la sesión ordinaria del jueves, la Cámara de Diputados aprobó modificaciones del Código Penal, en lo que refiere a delitos informáticos. El proyecto se remite al Poder Ejecutivo.

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Durante la sesión ordinaria del jueves, los legisladores sancionaron con modificaciones el proyecto de ley "Que modifica y amplía varios artículos de la Ley Nº 1160/97, Código Penal".

El proyecto había sido aprobado anteriormente -con modificaciones- por la Cámara de Senadores y remitido con Mensaje Nº 1057.

MODIFICACIONES

El proyecto sancionado por Diputados modifica los artículos 140, 175, y 188 de la Ley Nº 1.160, "Código Penal", de fecha 26 de noviembre de 1997, modificado parcialmente por la Ley Nº 3.440 del 16 de julio de 2008, y lo amplía además, al introducir los artículos 146 b, 146 c, 146 d, 174  b, 175 b, y 248 b.

Los ordenamientos normativos modificados y/o ampliados remiten a hechos punibles de pornografía relativa a niños y adolescentes, acceso indebido a datos, intercepción de datos, acceso a sistemas informáticos, sabotaje de sistemas informáticos, estafa mediante sistemas informáticos, además de la falsificación de tarjetas de crédito y otros medios electrónicos de pago.

TIPIFICACIONES

El hecho punible de pornografía relativa a niños y adolescentes castiga con cárcel de hasta cinco años o multa a quien produzca publicaciones de actos sexuales con participación de menores de 18 años; o a quien organice, financie o promocione espectáculos en los que participen menores; o a quien los distribuyera de cualquier manera tales reproducciones.

En lo que respecta a la intercepción de datos, por ejemplo, con las modificaciones se castigan con cárcel de hasta dos años o multa a quien almacene de cualquier manera acceso a datos sin autorización, diera transferencia o lo transfiera a terceros.

Se castiga con cárcel de hasta tres años o multa a quien acceda a un sistema informático, utilizando su identidad o ajena. La misma se extiende a todos tipos de dispositivos interconectados a través de la informática.

El hecho punible de falsificación de tarjetas de débito o crédito castiga con cárcel de hasta cinco años o multa a quien falsifique o altere datos de tarjetas de crédito o débito, o adquiera para un tercero o utilice tales tarjetas.

Las modificaciones fueron dictaminadas por la Comisión de Ciencia y Tecnología. Para acceder a las modificaciones aprobadas por Diputados el jueves, haga clic aquí.
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