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El jurista Jorge Bogarín aseveró desde el atril donde expuso la defensa del ministro Sindulfo Blanco, que no se están respetando las garantías del debido proceso a las que tiene derecho su cliente.
Añadió que existe una denuncia formulada en el 2012 que se aprobó en la Cámara de Diputados por mayoría calificada de dos tercios, y por otra parte refirió que existe un libelo acusatorio redactado por una comisión de asuntos constitucionales, y que en este segundo texto se modificaron dos hechos concretos.
En otro sentido, puntualizó que tan solo 6 u 8 senadores de la cámara actual han escuchado la acusación en contra del ministro, expuesta en el periodo legislativo pasado, por lo que el defensor considera que se viola el principio de inmediatez.
Insistentemente el jurista recalcó que si los miembros de la cámara están en posición de juzgadores, “no pueden no escuchar qué nos dicen los acusadores”.
Añadió que el hecho de que el proceso sea sustanciado por un organismo político no significa “que pueda tolerarse la ausencia de las garantías del debido proceso”.
“Quien ejerce la función de juzgar no puede estar ajeno a las diligencias del juicio”, dijo al tiempo de recordar que pasaron a dos años y 7 meses de la formulación de la acusación.
Recalcó en otro punto que el parlamento “carece de competencia jurídica para dictar reglamentos administrativos de cualquier tipo que no sea para regular internamente a sus miembros”.
Para Bogarín, “cuando existe el juzgamiento de un tercero esto debe hacerse por ley. En este caso el ministro es un extraño a la institución, debe dictarse una ley para regular el procedimiento del juicio político”, aseguró Jorge Bogarín.
Resaltó por otra parte que, “la misma Corte Interamericana estableció que aun en el ejercicio de los poderes discrecionales, subsiste el derecho al debido proceso”, argumentó antes de criticar que tenemos “un reglamento claramente inconstitucional que permite el juzgamiento en ausencia, cuando todo el sistema positivo paraguayo está basado en que el ciudadano debe estar presente para ejercer su derecho a la defensa”.
Lamentó además la no existencia, según el letrado, de plazos procesales en este reglamento, y mencionó que eso está prohibido por el Pacto de San José de Costa Rica.
Además, agregó, el reglamento del parlamento es “contrario al espíritu de nuestra constitución”.
Otra de las críticas de Bogarín fueron contra el hecho de que algunos senadores “ocupan la posición de jueces pero han sido parte cuando efectuaron la denuncia que piden el juicio político”.
Recalcó que “toda persona tiene derecho ser juzgada por jueces competentes independientes e imparciales y no se excluye al juicio político”, dijo.
Recordó que no está permitido en nuestra ley “erigir a nadie en una suerte de cuarta instancia”, lo que según él es lo que se pretende hacer con los congresistas.
Añadió que la acusación contra su cliente “quebranta la independencia del Poder Judicial”, pues no existe, según Bogarín, “una adecuada y correcta valoración de la prueba”.
Comentó en otro momento que han pasado 6 años desde el inicio del proceso contra su cliente, por lo que el tiempo transcurrido hizo que “se fuera perdiendo legitimidad”.
“La ley del JEM habla de un sumario de 180 días para los magistrados, y nosotros hoy tomaremos una decisión por un proceso de 6 años”, criticó Jorge Bogarín, quien considera también que “se vulneró el equilibrio que debe existir entre los poderes”.
El letrado enfatizó que “de persistir estas violaciones, nos expone a todos a sanciones internacionales”.
Sobre la acusación de que el ministro mintió al Senado para hacerse nombrar, el abogado alegó que en ningún momento de las grabaciones que se tienen en archivo se escucha que el ministro Blanco diga ‘me voy a quedar cinco años’, sino que en declaraciones posteriores a la prensa, el ministro dice que dijo eso al Senado, pero que le dijo eso al periodista solo "porque tuvo un lapsus mental", argumentó el letrado. Informó además que Blanco se sometió a estudios siquiátricos que prueban que se encuentra en buenas condiciones de salud mental.
En cuanto a las denuncias por fallas edilicias en la infraestructura del Poder Judicial de Alto Paraná, y la acusación de que Blanco no hizo nada para corregir esa situación bajo su superintendencia, el abogado aseguró que la Corte tiene registrada en sus actas “gestiones de Blanco para subsanar esta situación”.
“Se puede diferir una participación activa en la circunscripción de Alto Paraná a los efectos de mejorar los servicios prestados”, alegó el defensor.
Sobre compra venta de tierras públicas, y la acusación que refiere que estuvo involucrado en un acto ilegal de venta de tierras destinada a la reforma agraria, comprando 5000 hectáreas y pagando solo una parte, el defensor explicó que en ese tiempo se produjo un divorcio con su esposa, por lo que se repartieron las tierras y se las entregaron a su exesposa, Margarita Amarilla. “Se le adjudica a la señora los lotes, ahí no hubo una transferencia sino una desposeción”, alegó el abogado, al tiempo de añadir “Si es cierto que Sindulfo Blanco oi pagó por el importe de esas tierras, ¿dónde están los pagarés que acreditan que Blanco debe dinero al Indert?”, se preguntó el jurista.
“No podría haber vendido a terceros porque ya no era propietario. Él no vendió tierras públicas tal cual lo acredita la acusación”, expuso el letrado.
Con relación a la acusación de prevaricato en el caso del tripolifostato, que hacen responsable de la contaminación del lago Ypacaraí. El defensor alegó que el fallo que estaba firmado por el ministro Blanco “declara que sigue vigente la prohibición de comercialización de estos productos, por lo que el ministro no pudo haber contribuído a que empresas sigan vendiendo el producto, ya que ambas resoluciones firmadas no declaran la inaplicabilidad del la ley que prohibe el ingreso de estos químicos”, enfatizó Bogarín.