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El asesor jurídico de la RUA, Andrés Hermosilla, explicó en contacto con la 780 AM que desde hace tiempo las concesionarias, especialmente las menos conocidas, se dedican a engañar a la gente y se limitan a dar simples pagarés. Los conductores llegan hasta el Registro del Automotor totalmente descolocados, alegando que no cuentan con los documentos para la matriculación y que el compromiso de las empresas fue dárselos recién al completar las cuotas.
Sin embargo, esto es completamente ilegal, precisó el abogado. Además, ahora con la nueva ley Nº 5.236, que establece la matriculación rápida de vehículos, lo que implica que las chapas deben ser entregadas el mismo día del trámite. Entonces, es más que imperativo exigir la documentación al momento de adquirir los vehículos en las empresas. Esto se aplica a motocicletas, automóviles, camiones de gran porte.
“En el contrato de compra-venta tiene que invocar la Ley Nº 5.236 in extenso. Luego por incumplimiento del contrato también se puede demandar”, comentó Hermosilla. Es decir, desde el primer pago del contrato privado se puede proceder a la transferencia del vehículo, explicó.
Instó a que las personas que compren automóviles a que exijan todos estos documentos, ya que hay un 85% de conductores que dijeron al Registro del Automotor que las empresas no les dan la documentación al momento de la venta. Luego, el trámite ante esta instancia para obtener la matriculación ya es rápida, una vez que se cuente con todos los documentos en regla, manifestó.