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"En lo que a nosotros respecta, creo que zanjamos todas las dificultades y ojalá que esto ya termine por lo menos en el campo netamente de impulso procesal en la Corte Suprema de Justicia", dijo el juez Emiliano Rolón, tras firmar la aclaratoria, pese a que todo el Tribunal fue recusado por fiscales.
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"La atención de los medios de prensa y el reclamo de la Fiscalía nos percataron de nuestro error material y lo corregimos hoy a primera hora y es lo más sano que se puede hacer", indicó, ratificando la libertad de los condenados del caso Curuguaty junto con sus colegas Cristóbal Sánchez y Arnaldo Martínez Prieto.
Remarcó que el error de tipeo en la resolución dictada la semana pasada no resta validez a la decisión adoptada por unanimidad de que no había pruebas para demostrar la culpabilidad de los condenados y, en mayoría, de que no correspondía un nuevo juicio.
"Todos votamos por unanimidad la existencia de vicios insalvables, defectos en la fundamentación que impedían sustentar una sentencia de condena", dijo.
A criterio del magistrado, aunque la recusación haya llegado a tiempo, ellos tienen la potestad de firmar esta aclaratoria, ya que refiere a una decisión anterior asumida por ellos y, por ende, ningún otro juez puede resolver al respecto.
"Hay que clarificar que, al momento de asumir una aclaratoria de oficio, no teníamos ninguna recusación de nadie, hicimos de oficio. Vamos a suponer en vía de hipótesis que se haya presentado posteriormente o antes una recusación. No es un impedimento para clarificar un error material de la sentencia", comentó.
"El artículo 346 del procedimiento penal nos autoriza, aun cuando la recusación llegue en tiempo oportuno, a definir lo ineludible, lo imprescindible", especificó.
Instó a la Fiscalía a respetar la decisión de la máxima instancia judicial y recordó la Constitución Nacional, indicando que la Corte Suprema de Justicia es la instancia mayor para resolver disputas jurídicas.
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"Felicito a la Fiscalía, que se preocupa por su proyección como institución, pero hay que entender que la única que define el conflicto dice el derecho de acuerdo al artículo 248 de la Constitución Nacional es el Poder Judicial, y el Poder Judicial se ha pronunciado", finalizó.