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El Artículo 290 del Código Electoral dictamina que en los comicios internos de los partidos políticos, la propaganda electoral no podrá excederse de 30 días contados retroactivamente desde dos días antes, por lo que la misma estaba permitida hasta el pasado jueves, 14 de diciembre.
Sin embargo, como en esta reglamentación no se contempla las redes sociales, los candidatos han optado por seguir haciendo propaganda a través de sus diversas cuentas y perfiles, además de publicidad pagada en internet.
Carlos Mateo Balmelli, precandidato a presidente por el PLRA, por ejemplo, posteó una publicidad partidaria en su cuenta de Twitter el día de hoy:
Así también lo hizo Mario Abdo Benítez, quien aspira también al poder Ejecutivo por Colorado Añetete, en esta misma red social.
Tampoco se quedó atrás Santiago Peña, el candidato oficialista de la Asociación Nacional Republicana (ANR), quien además de la publicidad pagada en internet, también publicó en sus distintos perfiles.
El Código Electoral, ya desfasado en materia de internet, entiende como propaganda electoral la exposición en la vía pública de pasacalles, pintatas y afiches que contengan propuestas de candidatos o programas para cargos electivos: espacios radiales o televisivos con mensajes que llaman a votar por determinados candidatos o propuestas, espacios en periódicos (diarios, revistas, semanarios) con propuestas de candidaturas o programas de gobierno.