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El artículo 237 de la Carta Magna, que trata de las incompatibilidades, establece que “el Presidente de la República y el Vicepresidente no pueden ejercer cargos públicos o privados, remunerados o no, mientras duren en sus funciones. Tampoco pueden ejercer el comercio, la industria o actividad profesional alguna, debiendo dedicarse en exclusividad a sus funciones”.
Partiendo de este artículo, los mítines políticos que realiza Horacio Cartes son “claramente violatorios” a la Constitución Nacional", dijo a ABC Cardinal el especialista. “No es la primera vez que esta pasando. Está ocurriendo repetidamente”, enfatizó.
Si bien no se configura como un tipo de pena, sostiene que tiene una carga política, por lo que queda en manos de los legisladores impulsar una acción que, incluso, podría merecer un juicio político, ya que se incurre en la figura de “mal desempeño de funciones. Hay como un apropiarse de las obras del Estado, del sector partidario que él (Cartes) encabeza. Es como diciendo: ‘Esta es la formula que va a repetir, la que va a seguir haciendo’”.
Con respecto a la polémica arenga del ministro de Gabinete Civil, Juan Carlos López Moreira, a tropas de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC), el abogado constitucionalista afirma que se trata de “un acto totalmente impropio, impertinente. Hasta inclusive atentaría contra la cláusula de comandante en Jefe, que no se delega”. A su criterio, esa acción “es algo que claramente viola la Constitución”.