Ya rige ley de “autoblindaje”

Se promulgó la ley que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional. Ahora se necesitarán dos tercios de los votos para remover a un legislador por corrupción. Se descartó la necesidad de una sentencia judicial para hacerlo.

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Finalmente, el proyecto de ley de “autoblindaje” fue promulgado automáticamente este martes, sin la firma del presidente Horacio Cartes.

De ahora en más, en el Senado se necesitarán 30 votos y en Diputados 53 para retirar la investidura a un legislador. Anterior a esto solo se necesitaba mayoría simple. Este proyecto fue muy repudiado por la ciudadanía al considerarse que es solo para beneficiar a políticos corruptos.

El proyecto aprobado originalmente por ambas Cámaras establecía que para aplicar la pérdida de investidura a un parlamentario debía reunirse una mayoría absoluta de dos tercios: 30 votos en la Cámara de Senadores y 53 votos en la Cámara de Diputados. Igualmente, la ley disponía que debía haber una sentencia judicial previa. Sin embargo, el Ejecutivo vetó ese último punto.

El artículo 201 de la Constitución no establece ninguna mayoría calificada para retirar la investidura de un legislador, por lo cual se debería entender que es suficiente una mayoría simple, según dispone el artículo 185 de la Carta Magna.

Este es un “legado” del anterior periodo legislativo que de esta forma buscaba “blindarse” a raíz de la destitución de Óscar González Daher, en diciembre pasado.

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