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El presidente de la República, Horacio Cartes, promulgó la Ley N° 5738/16 por la cual se garantiza el Derecho del Niño y del Adolescente que estudia en Instituciones Educativas de Gestión Privada.
Esta ley tiene por objeto garantizar el derecho del niño y adolescente que estudia en instituciones educativas privadas, respecto a las cuotas y aranceles educativos.
La normativa establece en su artículo 2° que en caso de que exista mora en el cumplimiento de las obligaciones asumidas, las instituciones responsables no podrán:
- Denegar el derecho a exámenes parciales o finales.
- Retener libretas de calificaciones, de exámenes parciales o finales.
- Hacer público el estado de cuenta de las cuotas y aranceles educativos.
- Hacer decaer los plazos de las cuotas y aranceles educativos no vencidos.
- Establecer cualquier otra medida que pudiera afectar el derecho a la permanencia y acceso oportuno a la educación.
El mandatario también promulgó la Ley N° 5724/2016 “que establece la creación de la Libreta de Salud de la Mujer en todo el territorio de la República del Paraguay”, se pretende brindar asistencia y control a las mujeres de todo el país a fin de tener una protección más específica hacia los problemas de salud que atacan especialmente a este sector de la población.
La ley facilitará el seguimiento de la salud de las mujeres en cuanto a la prevención del cáncer de cuello uterino y de mamas que representa la causa de muerte del 70 % de las mujeres paraguayas. Además, proporcionará datos para el diseño de programas de políticas sanitarias tendientes a la protección de la mujer.
Será distribuida en forma gratuita por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en los centros de salud públicos, privados o mixtos.
Otra normativa promulgada es la Ley N° 5732/2016, que crea el Programa Nacional de Detección Neonatal. El objeto principal de la presente Ley es otorgar a todos los recién nacidos del país la detección y el tratamiento oportunos mediante la detección neonatal que incluya un conjunto de determinaciones relevantes para el contexto nacional y sin que las familias deban incurrir en gastos considerables para obtenerlos y evitando el pago directo al momento de recibir el servicio.