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Los agentes especiales de la Senad solo “podrán portar y utilizar armas en sus funciones operativas, tratándose de revólver hasta el calibre 38, y en el caso de pistola, hasta el calibre 9 mm”, según reglamenta el decreto por el cual se modifica y amplía el Artículo 42 del Decreto N° 5.279/2005.
El documento oficial establece que “en ningún caso podrán portar ni utilizar armas de mayor calibre, armas largas o de guerra”, dejando la atribución de la portación exclusiva de este tipo de armamento a las Fuerzas Especiales en Apoyo, que “siempre y en todo caso, deberán participar e integrar los procedimientos operativos, conforme con lo establecido en el manual de procedimientos y demás reglamentaciones”.
Esta reglamentación surge como consecuencia directa del procedimiento realizado por uniformados de esta secretaría el pasado 18 de junio en Nueva Italia, donde resultaron víctimas una niña de tres años, quien falleció días después a raíz de un tiro en la cabeza, y Alessandro Zanotti, quien sigue internado a consecuencia de los tres balazos que recibió.
El decreto también emplaza al ministro de la Senad, Hugo Vera Quintana, a dictar en los próximos 15 días un manual de procedimientos y una reglamentación sobre los servicios prestados por los agentes especiales y la fuerza Especial en Apoyo, cuya transgresión será considerada como falta grave.
Este caso, que le costó el puesto al exministro Luis Rojas, incluso provocó que legisladores como Víctor Ríos (PLRA) presentaran un proyecto de ley para prohibir que los agentes de esta Secretaría porten armas en sus operativos. El senador Carlos Amarilla fue más allá y presentó un anteproyecto de ley con el que pretendía eliminar esta institución y transferir sus facultades a la Policía.
Están imputados y detenidos en la causa los agentes especiales Nicolás Fernando Cáceres Oviedo, Cristian Omar Morán Galeano, Miguel Antonio Chaparro, Virgilio Amado Chávez Ortellado, José del Rosario Sánchez, Ignacio Alcides Sosa, Luis Ángel Servián Rotela, Emilio José Vall Sánchez y José Domingo López Orrego.