Cargando...
El abuso de un menor tiene una condena mínima de tres años de cárcel, mientras que el abigeato posee un castigo de hasta cinco años de prisión.Los recientes casos de abusos sexuales del que fueron víctimas menores de edad nuevamente abrieron el debate sobre las actuales penas que se aplican a este tipo de castigos.
El Código Penal de Paraguay establece que los casos de cohecho pasivo agravado (coima) y abigeato tienen un castigo máximo de cinco años de cárcel. El abuso sexual en niños posee una pena mínima de tres años de prisión.
Los castigos
El dirigente "carpero" Victoriano López soporta una orden de detención por supuesto abuso sexual de una menor, en el interior de una carpa. La fiscala de la causa es María del Carmen Meza.
El Código Penal prevé penas mínimas y máximas en cuanto al delito de abuso sexual. La ley establece que un menor de 14 años aún no puede discernir sus actos.
Cuando el abuso sexual consiste en tocar a la víctima tiene una pena de tres años de cárcel, dos años por debajo del castigo por el robo de una vaca o del cobro de una coima.
Si hay un maltrato físico o la víctima es hija biológica o adoptiva, el castigo aumenta a cinco años de cárcel, siempre y cuando no exista el coito. Iguala al máximo castigo que tiene el abigeato y la coima.
El castigo aumenta a seis años de cárcel cuando el abuso ocurre con el maltrato físico y teniendo como afectado al hijo biológico o adoptivo. Recién en este ítem supera al abigeato y la coima.
Sí en el abuso en niños ocurre el coito y el afectado es mayor a 10 años, entonces la pena aumenta a 12 años de cárcel.
Siempre en el caso de coito pero teniendo como víctima a un menor de 10 años, entonces la pena máxima es de 15 años de cárcel.
El menor de todos los castigos sucede cuando no hay contacto físico pero sí exhibicionismo de parte del abusador. La pena es una multa.
En el caso de Victoriano López si bien no se conocen los detalles, se expone a un máximo de 12 años de prisión, porque la víctima tiene 12 años.
Todos estos delitos se agravan si es que ocurre otro hecho, como del que fueron víctimas fatales dos niñas de la ciudad de Minga Guazú.
Las dos menores fueron abusadas y luego asesinadas, por lo que la pena en este caso puede llegar a un máximo de 30 años de cárcel, teniendo en cuenta que sucedieron los delitos de homicidio doloso y abuso sexual.
La coacción sexual
Los casos de coacción sexual se aplican cuando las víctimas son mayores de edad.
Cuando el delito sucede con fuerza o amenaza a la integridad física pero sin coito, la pena es de seis meses hasta los 10 años de cárcel, dependiendo de la gravedad.
Sí la coacción sucedió con coito, entonces le pena carcelaria va de los tres años a 12, dependiendo de la gravedad del hecho.
El Código Penal de Paraguay establece que los casos de cohecho pasivo agravado (coima) y abigeato tienen un castigo máximo de cinco años de cárcel. El abuso sexual en niños posee una pena mínima de tres años de prisión.
Los castigos
El dirigente "carpero" Victoriano López soporta una orden de detención por supuesto abuso sexual de una menor, en el interior de una carpa. La fiscala de la causa es María del Carmen Meza.
El Código Penal prevé penas mínimas y máximas en cuanto al delito de abuso sexual. La ley establece que un menor de 14 años aún no puede discernir sus actos.
Cuando el abuso sexual consiste en tocar a la víctima tiene una pena de tres años de cárcel, dos años por debajo del castigo por el robo de una vaca o del cobro de una coima.
Si hay un maltrato físico o la víctima es hija biológica o adoptiva, el castigo aumenta a cinco años de cárcel, siempre y cuando no exista el coito. Iguala al máximo castigo que tiene el abigeato y la coima.
El castigo aumenta a seis años de cárcel cuando el abuso ocurre con el maltrato físico y teniendo como afectado al hijo biológico o adoptivo. Recién en este ítem supera al abigeato y la coima.
Sí en el abuso en niños ocurre el coito y el afectado es mayor a 10 años, entonces la pena aumenta a 12 años de cárcel.
Siempre en el caso de coito pero teniendo como víctima a un menor de 10 años, entonces la pena máxima es de 15 años de cárcel.
El menor de todos los castigos sucede cuando no hay contacto físico pero sí exhibicionismo de parte del abusador. La pena es una multa.
En el caso de Victoriano López si bien no se conocen los detalles, se expone a un máximo de 12 años de prisión, porque la víctima tiene 12 años.
Todos estos delitos se agravan si es que ocurre otro hecho, como del que fueron víctimas fatales dos niñas de la ciudad de Minga Guazú.
Las dos menores fueron abusadas y luego asesinadas, por lo que la pena en este caso puede llegar a un máximo de 30 años de cárcel, teniendo en cuenta que sucedieron los delitos de homicidio doloso y abuso sexual.
La coacción sexual
Los casos de coacción sexual se aplican cuando las víctimas son mayores de edad.
Cuando el delito sucede con fuerza o amenaza a la integridad física pero sin coito, la pena es de seis meses hasta los 10 años de cárcel, dependiendo de la gravedad.
Sí la coacción sucedió con coito, entonces le pena carcelaria va de los tres años a 12, dependiendo de la gravedad del hecho.