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La Comisión Nacional de Telecomunicaciones invirtió G. 18.500 millones en un complejo sistema de videovigilancia que se implementa desde julio pasado en el área metropolitana. Conatel tenía un presupuesto asignado para este rubro y se lo cedió al Ministerio del Interior, que a su vez lo hizo con el Sistema de Emergencias 911.
Con este dinero se compraron 100 cámaras de videovigilancia, 44 cámaras de reconocimiento de chapas de vehículos, diez cámaras de reconocimiento facial y nueve torres de comunicaciones de radiobase, además de infraestructura y equipos inalámbricos de acceso. Además, la concesión implicó que la empresa Tecnología, Seguridad y Vigilancia del Paraguay S.R.L (TSV) se encargue del mantenimiento de este sistema por dos años y dé el sistema operativo (software) para que eso pueda funcionar. Estos datos se desprenden del informe La enajenación continua de nuestros derechos. Sistemas de identidad: biometría y cámaras de vigilancia no reguladas en Paraguay de la ONG Tecnología y Comunidad (Tedic); y de la propia Policía Nacional.
De acuerdo a este mismo informe, las cámaras de reconocimiento facial están ubicadas en sitios como la Terminal de Ómnibus de Asunción, el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi y la sede del Congreso Nacional. Las cámaras de identificación de chapas de vehículos fueron ubicadas en sobre las Rutas I y II y algunos puestos de peajes de esos sitios.
Las posiciones contrapuestas tienen argumentos que van desde la necesidad de prevenir delitos hasta el hecho de la fragilidad de las instituciones de la República, lo que facilitaría, eventualmente, la violación de la privacidad de los ciudadanos con estos nuevos sistemas. Es decir, se podría plantear conocer quién está en determinado lugar, a determinada hora, no solo por intereses de prevención de crímenes sino por intereses personales o políticos. Tedic habla de una base datos que conecta a 50.000 personas y “que puede ser fácilmente ampliada, según el proveedor del Estado que se encargó de explicar el sistema”.
“Son cámaras para combatir la delincuencia, o la inseguridad”, dice por su parte la oficial primero Paola Morínigo, jefa de Relaciones Públicas del Sistema 911.
El sistema de cámaras, según la versión institucional de la Policía, está integrada a varias bases de datos de criminales, como AFIS, y el Departamento de Control de Automotores, “que tiene la base de datos de los autos que tienen orden de captura y, en el caso de las personas, quiénes tienen orden de captura, a los más peligrosos”, según las declaraciones de Morínigo. El AFIS, por ejemplo, es el Sistema de Identificación Automática por Huellas Dactilares comprado por el Estado en 2011.
Tedic replica, sin embargo, afirmando que “el nuevo sistema de videovigilancia biométrica del Sistema 911 se constituye en un golpe que violenta derechos fundamentales de la población paraguaya”.
La ONG se centra en tres vertientes a través de las cuales analiza por qué se violentan los derechos: la social, la político-institucional y la económica. Por ejemplo, se habla de una suerte de pérdida de privacidad y hasta discriminación.
“El reconocimiento facial, así como el reconocimiento de la huella dactilar, huella palmar, patrones de venas, iris, voces y otras exposiciones del cuerpo incluyendo ADN y la secuencia de la pulsación de las teclas, entre otros, son considerados datos biométricos. Su recolección y uso consiste en métodos automatizados que pueden reconocer de manera precisa a un individuo con base en las características físicas, biológicas o de comportamiento”, reza parte del informe. La debilidad institucional desde el Estado y la falta de una ley integral de protección de datos personales son otros de los argumentos en contra de la aplicación de estas cámaras.
La Policía también defiende el uso de estas cámaras. “La gente tiene miedo de que alguien llame y pregunte ‘dónde está mi marido’. No es así. (El reconocimiento facial se usa) en casos específicos, por ejemplo, no están las personas que tienen procesos por prestación alimentaria. Son para los prófugos, los criminales. Los que se quieren escapar a través del aeropuerto, de la terminal. Para eso sí está, pero no para cualquier persona (...) detecta un rostro y si ese rostro es más o menos parecido a una persona que tiene orden de captura, entonces aparece. Pero solo si tiene orden de captura”, replicó Morínigo.
Maricarmen Sequera, directora ejecutiva de Tedic, cita investigaciones internacionales en que estas cámaras no solamente se usan para combatir conductas ilícitas. “Las investigaciones internacionales concluyen que (el sistema de videovigilancia responde a intereses económicos y políticos más que para perseguir conductas ilícitas y que resuelvan en el marco de los contextos sociales”, contestó.
“El claro ejemplo la ciudad de Tokio, considerada hoy la ciudad mas segura del mundo, tiene 10.000 cámaras para 13 millones de habitantes, y se diferencia de la ciudad de Sao Paulo que tiene casi la misma cantidad de población pero con un total de 1.500.000 cámaras aproximadamente. Estos datos reflejan que en países con mayor desigualdad social la violencia es mayor y no se podrá resolver con medidas intrusivas como las cámaras y la recolección de datos biométricos”, relató.
Sequera agregó que los delitos no podrán combatirse con la violación de la privacidad, sino teniendo en cuenta “ la desigualdad social y económica de la población paraguaya”.
Tedic pide que lo ciudadanos sepan las respuestas a las siguientes preguntas: ¿quiénes tienen permisos de acceso a la información generada por estas cámaras? ¿con qué de base de datos se alimenta qué actores tienen acceso total a los registros? ¿cómo son los resguardos y medidas de seguridad correspondientes sobre estos sistemas?
Morínigo responde que los únicos encargados de controlar el uso de estas cámaras son los policías, que están obligados a mantener la privacidad de las informaciones y que solo pueden entregarlas con una orden judicial.
“Solo podemos dar a conocer esos datos o extraer esos datos con orden judicial. El personal tiene prohibido dar imágenes o audios a personas particulares, sea quien sea, a excepción de los que tienen orden judicial. Esto está dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4739/12 (...) Todo es auditable. Quién toca. Todo se puede auditar. Necesitamos la orden judicial para extraer audio”, concluyó la oficial de Policía.