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Alan Flores Cabrera y Teodoro Ronald Orrego Verdún fueron sentenciados a siete años de cárcel por lesión de confianza en calidad de cómplices y autores de asociación criminal, en el marco de un proceso abierto como consecuencia de la quiebra del Banco Nacional de Trabajadores (BNT), a causa de la concesión de créditos fraudulentos para la ejecución de proyectos inviables.
El proceso judicial llevó 13 años y el perjuicio al banco obrero fue de G. 120.000 millones, según lo probado en un juicio, cuyo fallo condenatorio fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia.
Flores y Orrego, presidente y secretario de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), alegan que han sido perseguidos por su condición de líderes sindicales por el gobierno, con el propósito de eliminar la fuerza y capacidad de movilización del movimiento sindical en nuestro país con su procesamiento (año 2000) y posterior condena (año 2010).
Al solicitar la inadmisibilidad de la denuncia por inexistencia de hechos que caractericen una violación de derechos garantizados por la Convención Americana, el procurador adjunto Renzo Cristaldo destaca que el Estado ha respetado en todo momento los derechos y garantías consagrados tanto en la Constitución Nacional como en las leyes. Prueba de ello es que los mismos tuvieron oportunidad de presentar sus descargos y ofrecer pruebas, planteamientos que fueron estudiados en todas las instancias.
Respecto a la supuesta persecución sindical, dicha versión no condice con la realidad, puesto que los ahora demandantes integran un grupo de 22 personas condenadas por el vaciamiento, entre los cuales se encuentran además exdirectivos, exfuncionarios, empresarios. De hecho, las penas aplicadas han sido de 4 a 10 años de cárcel, y desde esta perspectiva, las penas aplicadas a los gremialistas fueron las menores (4 y 7 años).
“Es decir, los órganos jurisdiccionales han resuelto el caso aplicando rigurosamente la ley que rige la materia, respetando en todo momento todas las garantías procesales, por lo que la denuncia que hoy se contesta carece absolutamente de todo fundamento y no pueden ser las actuaciones de los órganos jurisdiccionales consideradas violatorias de la obligación de Respetar los Derechos (Art. 1 de la Convención) que fuera señalada en la denuncia, cuando en todo momento los peticionarios tuvieron las oportunidades de ejercer sus derechos procesales, ofrecer y producir pruebas e interponer los recursos previstos a fin de que los fallos que consideraron adversos sean revisados”, aseveró Cristaldo.
El procurador adjunto resalta que el hecho de que los denunciantes no estén de acuerdo con la interpretación dada por los órganos jurisdiccionales intervinientes respecto del caso concreto en estudio y el resultado adverso para ellos (condena), no es razón suficiente para admitir la denuncia.
Recordó asimismo que las medidas cautelares -cuestionadas por Flores- tienen la finalidad de someter a los procesados a la jurisdicción de los tribunales nacionales y a las resultas del juicio.
De hecho, Flores contaba con medidas sustitutivas de prisión, circunstancia que aprovechó para huir del país y pedir refugio en la Argentina el 6 de junio del 2011, una vez ratificada su condena por la máxima instancia judicial.
A su vez, Orrego Verdún sí cumplió con la condena impuesta por la justicia y el 28 de mayo del 2014 fue beneficiado con la libertad condicional, ocasión en que se estableció un periodo de prueba de dos años con reglas de conducta. El 14 de noviembre de 2016 se produjo la extinción de la pena por compurgamiento.
“Las condenas impuestas a los peticionarios por los jueces se basaron en que los mismos fueron hallados culpables debido a que en base a sus liderazgos gestionaron y obtuvieron la aprobación de los créditos multimillonarios a favor de entidades gremiales, habiéndose demostrado en el juicio que no contaban con el respaldo financiero suficiente. Según se desprende de las sentencias judiciales, los socios de los gremios debieron haber suscripto cada uno el compromiso de la deuda como responsables y los representantes legales de los gremios solidariamente con aquellos, conforme a lo que regía en aquel momento en el manual de préstamos del Banco Nacional de Trabajadores”, explicó Cristaldo.
“Asimismo, los magistrados mencionan en los fallos que los condenados –hoy peticionarios ante la CIDH– solicitaron créditos millonarios conociendo la imposibilidad de honrar la deuda en atención a la deficiente capacidad patrimonial de la agremiación que representaban, afirmando luego que no tenían conocimiento de qué ocurrió con el dinero, por lo que, considerando que habían ocupado cargos públicos durante largo tiempo y teniendo una preparación técnica respetable, no podían alegar desconocimiento o error sobre las circunstancias constitutivas del tipo legal o la antijuridicidad de su conducta”, agregó, tras destacar que dichas irregularidades generaron un enorme daño económico y social.
Accionar ilegal, documentado
El abogado Pedro Lobo, representante de sindicatos de trabajadores que intervinieron como querellantes en el caso BNT, afirmó que al presentar su denuncia ante la CIDH, Alan Flores obvió que los documentos obrantes en el expediente del caso demuestran que él fue un sujeto activo del fraude, cuando por su condición de sindicalista estaba obligado a cuidar el patrimonio del gremio al que representaba, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y del Banco Nacional de Trabajadores.
“En su itinerario criminal, acompañado de Ronald Orrego, solicitó y obtuvo un primer empréstito, el 6 de setiembre del 1995, de G. 3.400.000.000 para adquirir 2000 nichos en el emprendimiento funerario, según consta a fojas 447 del tomo III, sin tener un solo asociado en concreto interesado en la adquisición de los nichos”, afirmó Lobo.
“Sin haber pagado el primer empréstito y sin haber tenido aún un solo asociado interesado en la adquisición de los nichos, solicitó y obtuvo un segundo empréstito, el 5 de febrero de 1996, de G. 1.700.000.000 para adquirir (otros) 1000 nichos”, agregó, tras resaltar que en octubre de 1996 Flores obtuvo otros dos préstamos de G. 5.100.000.000 y de G. 1.295.000.000, para comprar 1350 nichos más, sin haber vendido ni un solo nicho aún.
Los clavos de la era Cataldi
La sentencia del entonces juez Hugo López, que condenó a exdirectivos, exfuncionarios, sindicalistas y un empresario por sus responsabilidades en las distintas etapas de la cadena de fraudes que llevaron el BNT a la quiebra, precisa que los principales negociados fueron gestados durante la presidencia de Édgar Cataldi Casal Ribeiro, entre los años 1993 y 1996, y en algunos casos ejecutados en las administraciones siguientes, a cargo de Mario Luján Melgarejo y Sindulfo Ramírez Reichert, en ese orden.
El cementerio sindical Las Acacias, para el que el BNT otorgó G. 33.000 millones; el edificio de consultorios Coomecipar II, que costó G. 21.000 millones; el complejo habitacional de Mariano Roque Alonso, para cuya construcción se otorgó un préstamo de G. 50.000 millones, son los principales “clavos” de la era Cataldi.
Con el ropaje de supuestos proyectos sociales como pantalla, se otorgaron multimillonarios créditos a gremios y asociaciones de aportantes.
En todos los casos los multimillonarios créditos se desembolsaron con la supuesta garantía de los mismos “proyectos sociales”, pero en todos los casos el valor de la inversión realizada fue muy inferior al monto desembolsado por el banco obrero-patronal.
Tras conocer su condena a 10 años de cárcel, Cataldi huyó del país y se instaló en la Argentina, donde falleció en febrero del 2014, sin cumplir su condena. También al vecino país huyó Roque Carmona, argentino, sindicado como cerebro del fraude.
Estudian denuncia anterior
Alan Flores y Teodoro Ronald Orrego no fueron los únicos sindicalistas condenados por el vaciamiento del Banco Nacional de Trabajadores en denunciar al Estado paraguayo ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos.
También lo hicieron en el año 2003 Reinaldo Barreto Medina y Florencio Florentín, representantes de la Central Sindical de Trabajadores y Empleados Públicos (CESITEP), condenados a 4 años de cárcel por complicidad con el vaciamiento de la entidad bancaria.
El procurador adjunto Renzo Cristaldo destacó que al día siguiente de que se les dictara condena de 4 años de prisión, las presuntas víctimas solicitaron medidas alternativas a la prisión y se les sustituyó por la medida de arresto domiciliario, por lo que los peticionarios no estuvieron en prisión efectiva ni un solo día.
Flores y Orrego firmaron a nombre de la CUT documentos por un total de G. 7395 millones, supuestamente destinados a adquirir 4350 nichos inexistentes; Gerónimo López y Fidel Báez lo hicieron a nombre de la Central Paraguaya de Trabajadores (CPT) para comprar otros 4350 nichos; mientras que Barreto Medina y Florentín suscribieron a nombre de la CESITEP documentos por G. 3400 millones destinados a la adquisición de 2000 nichos, entre otros.
En total, el BNT desembolsó 33.000 millones, pero solamente se terminaron de construir 1800 criptas.
El cementerio Las Acacias le había quedado al IPS como parte de sus acreencias en el quebrado BNT. En el 2009, la empresa paraguaya “Loma Verde SA” compró este emprendimiento en una subasta por 17.000 millones y hoy es el Jardín de la Paz.
rferre@abc.com.py