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Horacio Cartes, primero habló con la Dra. Alicia Pucheta y luego lanzó la propuesta a través de su cuenta de Twitter el pasado 21 de marzo: “Que unos pocos no nos arrebaten la posibilidad de tener a la ministra Alicia Pucheta como vicepresidente y luego como Presidente de la República. Su gran labor y preparación son muestra clara de que está a la altura para tomar este gran desafío”.
Eso prendió la luz de alarma, ya que existe una sola manera para que la ministra Pucheta acceda a estos dos sitios y es renunciando a su cargo de magistrada. Su carrera judicial se inició en 1971 y desde entonces se puede decir que la doctora pasó por todos los cargos dentro del Poder Judicial y se creería que a sus 68 años, con 7 años aún para seguir en la Corte, tendría la intención de cerrar su carrera judicial para ir al Ejecutivo.
Sin embargo, la misma ministra Alicia Pucheta en una entrevista dada a los periodistas del área judicial dijo que no quería opinar sobre el caso, ya que el Congreso todavía no aceptó la renuncia del vicepresidente Juan Afara. Pero al mismo tiempo que negaba dar su respuesta dio a entender que el ofrecimiento le seducía.
Cuidando las formas, al ser consultada sobre la prohibición que la Constitución Nacional tiene para que un magistrado llegue a ocupar la presidencia o vicepresidencia de la República, respondió que “en caso que llegue a aceptar la propuesta, me acogeré estrictamente a lo que dice la Constitución. La mitad de la biblioteca dice que debe renunciar y la otra que no, en su momento tomaré la decisión”, apuntó
La elegida
No es nuevo decir que Alicia Pucheta y Horacio Cartes tienen una excelente relación de amistad, ya que el Presidente invitó a la magistrada a varios viajes, incluso la llevó al Vaticano. Igual situación se da con el ministro Luis María Benítez Riera, muy afín a Cartes.
Ambos ministros de la Corte se muestran con Horacio Cartes en actos públicos algunos con abierto políticos y en clara violación al artículo 14 del Código de Ética que rige para el Poder Judicial y que se refiere a la “dignidad judicial”.
Textualmente dice que “es deber del juez desempeñar el cargo con la dignidad que exige la investidura judicial. En tal entendimiento, se abstendrá de incurrir en conductas que, directa o indirectamente, lesionen o menoscaben los valores de la función judicial y que aparezcan socialmente reprobadas, afectando su imagen judicial y comprometiendo el prestigio y la credibilidad de la Magistratura”.
El artículo 10 del mismo código, que hace referencia al “decoro e imagen judicial”, dice que los jueces no deben aceptar invitaciones de personas o sectores que pudieran tener interés en los procesos a su cargo#.
Sin embargo, Pucheta y Benítez Riera no cuidan ese decoro y se muestran públicamente con el presidente Horacio Cartes. Después ninguno de los dos ministros se apartan de entender en acciones que llegan a la máxima instancia que tienen a Horacio Cartes como accionante o denunciado.
Actualmente en la Corte Suprema de Justicia existen dos acciones de inconstitucionalidad que plantearon el Partido Liberal Radical Auténtico y el Frente Guasu, que exigen que se saque a Horacio Cartes y Nicanor Duarte Frutos, de la lista de candidatos al Senado.
Refieren que Nicanor es senador vitalicio que también desde el 15 de agosto próximo Cartes entrará a formar parte de ese grupo de expresidentes, con el título de senador vitalicio..
En ambas acciones, Alicia Pucheta y Luis María Benítez Riera tienen que dar su voto.
Pero la pregunta es “¿cómo la ministra Alicia Pucheta podría ser objetiva cuando es tentada, por el mismo mandatario con ser nada menos que primero vicepresidenta y luego presidenta de la República’.
La Constitución
El artículo 254 de la Constitución Nacional habla de las incompatibilidades de las personas que no pueden ocupar el cargo de presidente o vicepresidente de la República: “Los magistrados no pueden ejercer, mientras duren en sus funciones, otro cargo público o privado, remunerado o no, salvo la docencia o la investigación científica, a tiempo parcial. Tampoco pueden ejercer el comercio, la industria o actividad profesional o política alguna, no desempeñar cargos en organismos oficiales o privados, partidos, asociaciones o movimientos políticos”.
El cargo
Alicia Pucheta es actualmente vicepresidenta primera de la Corte Suprema de Justicia. También es integrante del Consejo de Superintendencia. Presidenta de la Sala Penal y es la responsable de las Circunscripciones Judiciales de Guairá y Caazapá.
Carrera Judicial
*En 1971 ingresó al Poder Judicial como dactilógrafa, luego ascendió a oficial de secretaría, actuaria. Pasó a ser procuradora, defensora, fiscal, jueza de Primera Instancia, miembro del Tribunal de Apelación en lo Laboral y miembro del Tribunal de Apelación de la Niñez y la Adolescencia. Desde el año 2004 es ministra de la Corte Suprema de Justicia, fue la primera mujer en llegar a ese cargo ¿Será que ahora quiere ser la primera mujer presidente del Paraguay?
“Tiene que renunciar al cargo de magistrada”
El abogado constitucionalista Jorge Seall Sasiain, afirma que la Constitución Nacional es clara al señalar que un magistrado no puede acceder a los cargos de presidente o vicepresidente de la República por más que sea propuesto por el mismo presidente.
Al ser consultado el jurista sobre la situación que se da con la Dra. Alicia Pucheta fue tajante al decir: “Tiene que renunciar al cargo, no podría pedir permiso, porque sigue siendo miembro del Poder Judicial. Ella es magistrada y justamente es incompatible con el cargo. Tiene que dejar la carrera judicial”.
“Si se plantea una discusión sobre si tiene que renunciar o pedir permiso, el caso se tienen que discutir en la Corte Suprema de Justicia, es el órgano que tiene que resolver eso”, apuntó el abogado Seall.
También el constitucionalista explicó que el caso que se da con los fiscales que ocupan cargos de ministros es violatorio a la Constitución Nacional, pero que nunca se llegó a cumplir lo que dice la Carta Magna y que es ilegal.
A decir de Seall, el artículo 254 de la Constitución Nacional que habla de las incompatibilidades es claro al señar que los magistrados solo pueden ejercer la docencia o la investigación científica a tiempo parcial, ya que su misión primera es ejercer el cargo que tienen como jueces y que son parte de un poder del Estado.
También el abogado se refirió al tema de la designación que hizo el presidente Horacio Cartes de la Dra. Alicia Pucheta, para que ocupe primero la vicepresidencia y luego la presidencia de la República que eso no se puede dar de esa manera.
“Se tienen que seguir una línea de sucesión para elegir al vicepresidente y al presidente. Las dos cámaras del Congreso deben dar su acuerdo para elegir a la persona que constitucionalmente esté habilitada para tomar posesión del cargo vacante y que es el caso que ahora se tiene”, explicó el abogado Jorge Seall.
Para exministro, la Carta Magna es muy clara
El exministro de la Corte Suprema de Justicia Dr. Luis Lezcano Claude señala que la Constitución es muy clara al señalar quiénes pueden acceder a los cargos de presidente y vicepresidente de la República, y que los magistrados estaban inhabilitados para ambos cargos.
“El Congreso puede elegir a cualquier persona que reúna los requisitos para ser presidente o vicepresidente de la República, pero siempre teniendo en cuenta las inhabilidades que dicta la Constitución Nacional, y entre ellos, están los magistrados judiciales, por lo que se determina que para que puedan ser elegidos deben renunciar a su cargo dentro del Poder Judicial”, explicó el doctor Lezcano Claude.
“En el caso de un militar en servicio activo, por ejemplo, no puede pedir permiso y ejercer el cargo, y luego de finalizar el mandato volver a ser militar activo. Eso no se puede dar en ningún caso. Igual cosa sucede con los ministros de la Corte Suprema de Justicia, y en este caso, con la doctora Alicia Pucheta, quien tiene que renunciar a su cargo y estar habilitada por ley”, explicó el exministro.
“Aclaro que mi postura con relación al caso de la sucesión no tiene nada que ver con la ministra Alicia Pucheta, de quien opino que reúne todos los requisitos para ocupar cualquiera de los cargos, primero por su formación y segundo por su honorabilidad, pero sobre ella pesa la inhabilidad constitucional”, explicó el doctor Lezcano Claude.
“El único caso en que un ministro de la Corte puede estar con permiso para ejercer la Presidencia de la República es cuando no haya un presidente o vicepresidente; por ejemplo, si en estas elecciones del 22 de abril existe un problema y no se puede elegir al presidente, el titular de la Corte asumirá la Presidencia hasta que se subsane el problema y luego puede volver a ser miembro de la Corte; es el único caso que da la Constitución Nacional”, señaló Lezcano Claude.
Para el exministro de la Corte, no hay otra situación en la que un magistrado pueda ocupar cargos en el Poder Ejecutivo, y que la Carta Magna es muy clara en los artículos relacionados a estos casos.
victor.franco@abc.com.py