Indagan presunta falta grave de Forex y directores

En el sumario abierto en el Banco Central del Paraguay, se investiga a Forex Paraguay y sus directores por la presunta violación de la ley orgánica del BCP y de la que regula el funcionamiento de las casas de cambios. La investigación se abrió por la supuesta comisión de faltas graves, atendiendo que existen fuertes indicios a ese respecto. Todo esto se desprende de la resolución del juez sumariante, Edsel González, que trascribimos a continuación.

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En la inspección puntual de la entidad Forex SA, sucursal Shopping Internacional de Ciudad del Este, se reunieron elementos para sostener que en el local se desarrollaba el siguiente operativo: a) se recaudaba dinero en efectivo; y b) luego se presentaban las documentaciones necesarias para transferir ese dinero al exterior a través de ciertos bancos de plaza. Los elementos presuncionales precisos, graves y concordantes reunidos por el área verificadora demuestran que la susodicha operativa tenía lugar al margen de la contabilidad de la entidad cambiaria.

Por otro lado, en el marco de la inspección puntual se relevaron elementos indiciarios suficientes como para sostener con razonable grado de certeza, que la sucursal habilitada en el Shopping Internacional de CDE era en puridad un local franquiciado. El locador Felipe Ramón Duarte Villalba y el supuesto gerente de sucursal, Tai Wu Tung, habrían obtenido una franquicia solapada para habilitar un local y operar bajo la denominación de Forex Paraguay, en el referido shopping.

Adicionalmente, fueron detectadas otras posibles contravenciones como la ocultación que alcanzan a los bienes de uso.

Documentaciones vinculadas a transferencias de dinero

Entre los elementos incautados por el Ministerio Público en el marco del allanamiento a la sucursal de Forex, se encontraron documentaciones alusivas a transferencias de dinero al exterior canalizadas a través de bancos de plaza. Se trata fundamentalmente de testimonios de solicitudes, órdenes y consultas de transferencias, copias de mensajes swiff, entre otros.

Estos documentos –en conjunto con las circunstancias indiciarias enunciadas por el área verificadora en sus informes– permiten divisar una conexión entre la entidad Forex Paraguaya, sucursal Ciudad del Este, y operaciones habituales de transferencias de divisas.

Entre las circunstancias indiciarias resaltan el vínculo entre Tai Wu Tung y Nélida Reyes, con empresas que realizan transferencias al exterior; el caso del señor Óscar Vicente Céspedes Fernández; las vinculaciones de las señora Said Caríssimo, accionista y presidenta de la firma Strong con Forex y el hecho de que Felipe Ramón Duarte Villalba, vinculado a Strong y otras firmas que realizan habitualmente transferencias de dinero al exterior, sea a la vez el locador de la sucursal de la mencionada casa de cambios, entre otros.

Veamos con cierto detalle el conjunto de vínculos:
a) Tai Wu Tung, gerente de la sucursal, y Nélida Reyes, exempleada de la casa de cambios, se desempeñaron como personas autorizadas a realizar operaciones en nombre y representación de la firma San Josué Import-Export. Esta empresa, según las verificaciones paralelas realizadas en bancos de plaza, realiza transferencias internacionales en forma habitual.

b) Óscar Vicente Céspedes Fernández, funcionario de Forex, se desempeñaba como gesto de la firma Strong SA, habitual transferente de fondos al exterior.

c) Saddy Caríssimo, accionista y presidenta de Strong, según informe de supervisores, es cliente de la casa de cambios y en ocasión del allanamiento fiscal a la referida sucursal, se encontraba dentro del local.

d) Felipe Ramón Duarte Villalba, quien conforme con los datos recabados en las inspecciones realizadas en bancos de plaza, se encuentra vinculado a empresas que realizan remesas-transferencias de dinero al exterior en forma habitual, entre ellas Strong, aparece como locador del local de Forex en el Shopping Internacional. Las indagaciones de los supervisores dejaron en evidencia que Duarte Villalba es en realidad sublocador, sin que se haya constatado el consentimiento expreso de la sublocación por parte del locador genuino y propietario del local, el Shopping Internacional.

e) Al encontrarse en el local documentos de transferencia, toda esta trama de vínculos adquiere conexidad. Es válido presumir con alto grado de certeza que desde la sucursal de Forex Paraguay SA, ubicada en el Shopping Internacional de Ciudad del Este, se organizaban y preparaban transferencias de dinero al exterior, que luego eran canalizadas a través de cuentas abiertas en entidades bancarias de plaza por sociedades comerciales como Strong y otras.

Lo relevante desde el punto de vista administrativo es que dichos procedimientos (fundamentalmente preparar documentaciones, gestionar las transferencias a través de cuentas abiertas en entidades bancarias) no están reflejadas en los registros contables de la entidad Forex Paraguay.

En el caso de la sucursal de la casa de cambios se hallaron comprobantes de operaciones de transferencias, que junto con las circunstancias indiciarias complementarias, revelan que en la misma se preparaban y monitoreaban operaciones de transferencias, al margen de la contabilidad general.

Esta situación, de comprobarse en el sumario, conculcaría directamente lo establecido en los artículos 50, 51 y concordantes de la Ley Nº 2794/05, que prevén como obligación general que las entidades cambiarias deben llevar la contabilidad de sus operaciones diarias, de acuerdo con las leyes vigentes, con el plan y manual de cuentas y con las normas contables establecidas para las entidades cambiarias. También se habrían transgredido los artículos 42 numeral 3 y 46 del mismo cuerpo legal.

Al no haber contabilizado operaciones y comisiones, ganancias o utilidades reportadas por dichas operaciones, la entidad habría incumplido las normas básicas de registro contable, trabajando –en parte– al margen de la formalidad.

De comprobarse en sumario, esto traduciría falta grave administrativa en los términos del artículo 89 inciso b) de la ley número 489-95: “Faltas graves. Son faltas graves: b) la realización de actos... con inobservancia de las condiciones básicas establecidas”.

Todo esto se desprende de la resolución por la cual se abrió sumario a Forex y sus directores.

INVESTIGACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO

Felipe Ramón Duarte, Tai Wu Tung, Sady Caríssimo Báez, Alcides Ramón González Bazán, Nilsa Romero de Duarte, Zulma Catalina Duarte, Liz Rosana Barboza, Víctor Lara Barboza, Blásida Myrian Álvarez Gallardo y Óscar Vicente Céspedes, se presume que formarían parte de una asociación de personas dedicadas a blanquear capitales, ocultando el origen del dinero, según la imputación de la fiscala Juliana Giménez.

Para el efecto, los mismos habrían creado personas jurídicas o firmas, a fin de facilitar la realización de transacciones o remesas al extranjero, habilitando cuentas corrientes en los bancos de Ciudad de Este y agencias de Hernandarias. Las sumas de dinero vendrían siendo remesadas al exterior a través de las cuentas habilitadas en los citados bancos y a fin de justificar los envíos habrían utilizado facturas proformas de supuestos proveedores y en cuanto al origen de la suma a ser remitida presentaban declaraciones juradas de IVA e Iracis presumiblemente adulteradas.

Estas empresas comerciales Strong, Muñe, Manhatan, MH Electrónica, Braex Import Export, American, Ninfaplus Paraguay, Mega Tech, Mart-Gon y otras habrían sido creadas con el fin de ocultar el origen del dinero remitido al exterior y la identidad de las personas, constituyendo así ropaje legal de las transacciones. Todo lo remesado al extranjero, por las normativas relativas a la prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, debía hallarse justificado. Es decir, el dinero debía encontrarse debidamente respaldado en cuanto a su origen legal.

Las empresas habrían sido manejadas por Felipe Ramón Duarte Villalba a través de su firma Manager Consultora, donde se presume que se elaboraban todas las documentaciones necesarias para la constitución de las firmas comerciales, como también el diseño de las facturas proformas, que eran utilizadas ante los bancos para llevar a cabo las remesas al exterior; así como el manejo de toda la contabilidad de las empresas donde se fabricaban los documentos tributarios.

Las boletas de arbitraje

En ocasión de la inspección puntual desarrollada en Forex Paraguay, sucursal Shopping Internacional de Ciudad del Este, al proceder al arqueo de la Caja 1-Tesorería, los supervisores encontraron comprobantes de arbitraje sin membrete, no contabilizados. Las boletas fueron fotocopiadas y refrendadas por el gerente de la sucursal, Tai Wu Tung, según informe de la Superintendencia de Bancos.

En su descargo, la entidad desconoce las boletas de referencia y deslinda responsabilidad respecto de posibles infidelidades de su personal, por cualquier tipo de actividad que estos hayan realizado sin aval del directorio de Forex Paraguay SA. Esta manifestación está indisimuladamente dirigida a contrarrestar el hecho de que el gerente de sucursal al refrendar las boletas de referencia de puño y letra, reconoció tácitamente las operaciones.

Además, las boletas de arbitraje referidas fueron halladas en caja de la entidad, en ocasión de un arqueo oficial practicado por los supervisores de la Superintendencia de Bancos. Este hecho por sí solo, aún cuando el gerente de la sucursal no las hubiese reconocido con su rúbrica, genera la sólida presunción de que las operaciones corresponden a la entidad Forex Paraguay. En efecto, se trata de comprobantes de arbitraje encontrados en caja de una entidad cambiaria; testimonios de movimientos del tipo habitual de una entidad habilitada para realizar este tipo de operaciones por el BCP.

Ante el hallazgo de estos comprobantes, la primera conclusión es que nos encontramos ante operaciones de arbitraje no contabilizadas, lo cual traduce la existencia de falta administrativa. Pero el análisis profundizado de los supervisores que incluyó el seguimiento de las operaciones en entidades bancarias –sumado a los demás elementos incautados– permite vislumbrar un esquema de mayor complejidad.

Las múltiples vinculaciones individuales advertidas y los testimonios de transferencias referenciados en el tópico precedente indican que la sucursal de Ciudad del Este intervenía en la gestión de transferencia, desarrollando el rol operativo que contablemente se identifica con la nomenclatura intermediación financiera-sector no financiero.

En estos casos, independientemente de que la operación de cambio previa se haya realizado o no en la sucursal de Forex, queda demostrado que las operaciones de transferencias se registraban allí (por medio de las boletas informales), lo cual supone una participación directa, con lucro no contabilizado, en la operativa. La suma de indicios genera presunciones graves, precisas y concordantes.

Ambas situaciones: a) operaciones de intermediación-sector no financiero no registradas; y b) operaciones de arbitraje no contabilizadas, conculcan la misma normativa. Nos referimos a los artículos 50, 51 y concordantes de la Ley 2794. Se habrían transgredido los artículos 42 numeral 3 y 46 del mismo cuerpo legal.

Al no haber contabilizado operaciones y comisiones, ganancias o utilidades reportadas por dichas operaciones, la entidad habría incumplido las normas básicas de registro contable, trabajando –en parte– al margen de la formalidad.
Fuente: Resolución del sumario.

La denuncia por lavado

Los antecedentes revelan que el 2 de noviembre de 2011, una mujer denunció ante el Banco Central del Paraguay a Forex, sucursal Ciudad del Este, explotado por el chino Tai Wu Tung. Por otro lado, también se radicó una denuncia ante el Ministerio Público de la capital del Alto Paraná, que allanó el local de la casa de cambios de donde incautó varios documentos.

Los auditores del BCP solicitaron intervenir en el caso y así obtuvieron copias de los documentos incautados, que luego fueron analizados.

Todo esto derivó en la inspección de los bancos Sudameris, Regional, BBVA y Continental, a través de las cuales las firmas ficticias de Ciudad del Este enviaron al exterior US$ 370 millones en el 2011, para el pago a supuestos proveedores de mercaderías.

Los inspectores concluyeron que los bancos incumplieron las normas antilavado y ante esta situación, el superintendente de Bancos, Nelson Valiente, presentó la denuncia ante el directorio del Banco Central, que en octubre del año pasado, ordenó la instrucción de sumario, que concluyó con la amonestación pública de los bancos Sudameris, Regional y BBVA y apercibimiento para Continental.

Por otro lado, en diciembre del año pasado, la fiscala Juliana Giménez imputó a diez personas vinculadas a las empresas ficticias, entre ellas el contador Felipe Ramón Duarte, quien se encuentra prófugo de la justicia.

Duarte habría sido el creador de las empresas de portafolio, que fueron utilizadas por terceros para remitir al exterior, dinero de dudoso origen o para evadir impuestos por mercaderías que se introducían al país.

La fiscalía habla de una asociación criminal, que además de las personas vinculadas a las firmas ficticias, podría incluir a empleados de los bancos involucrados y los terceros, que tienen que ser identificados. La única detenida es Sady Caríssimo, presidenta de Strong.

cbenítez@abc.com.py

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