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El fiscal se basó en los artículos 200 del Código Penal, que trata del procesamiento ilícito de desechos, que tiene una expectativa de cárcel de hasta 5 años o multa, y en el Art. 201 del CP, que penaliza el ingreso de sustancias nocivas en el territorio nacional, con idéntica sanción estipulada en el artículo anterior.
Señaló que la investigación se inicia de oficio, en virtud a las publicaciones periodísticas del diario ABC Color, que confirmaban a la vez los resultados preliminares que ya habían sido expuestos meses atrás en la investigación realizada por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y otro, que refiere que la capital del país excede los niveles de contaminación tolerables en la región. Este estudio sitúa como los principales responsables de la contaminación a la antigüedad de los vehículos y a la mala calidad de los combustibles, principalmente el diesel, que es proveído con alta concentración de azufre y nitrógeno.
Casaccia luego fue recusado. El caso llamativamente fue remitido a un fiscal de Villarrica con el argumento de que en Asunción no había fiscal del medio ambiente disponible.
El 10 de setiembre la abogada Norma Girala pidió el sobreseimiento de Escobar, a lo que se allanó el fiscal Gustavo Cáceres el 17 de setiembre. En el escrito del fiscal solo se acompaña una copia de nuestro diario en el que señalan que la muestras tomadas de los tanques de gasoíl de Petropar indican que se encuentra bajo el nivel de azufre permitido, pero en la misma publicación se menciona que las muestras serían enviadas a laboratorios privados, lo que no se sabe si se hizo. El juez Rubén Riquelme, el 21 de setiembre, se amparó en que la fiscalía es la titular de la acción para cerrar un caso sin investigación y diligencia judicial alguna, sin contemplar la posibilidad de un trámite de oposición para que la Fiscalía General brinde un dictamen concluyente.