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Solo queda la certeza de que la entidad binacional es manejada como una empresa más, con el consentimiento de nuestras autoridades, al servicio del desarrollo de Brasil.
No es casualidad que después del Tratado de Tordesillas, que en 1494 le adjudicara a Portugal unos 800.000 kilómetros cuadrados de superficie, hoy la República Federativa de Brasil extienda su soberanía sobre más de la mitad oriental del subcontinente americano.
No obstante, el Paraguay no acaba de ser la víctima del sacrificio propiciatorio del singular vecino, sin apego alguno por las normas elementales del Derecho internacional. En efecto:
1. En diciembre de 1857, en el Protocolo de entendimiento para la guerra contra el Paraguay, representantes del Imperio de Brasil y de la Confederación Argentina acordaron la expropiación de extensos territorios del Paraguay.
Unos 150.000 km² de extensión, implantados en mayo de 1865 en el tratado secreto de la triple alianza y que bajo el amparo de la ocupación militar, luego de la guerra, fueron usurpadas.
2.- Casi un siglo después, en junio de 1965, tropas brasileñas nuevamente invadieron territorio nacional en Sagaraná, más conocido como Puerto Renato. En esta ocasión, para apropiarse de las cataratas del Salto del Guairá. Con anterioridad, la Comisión Mixta Demarcadora, en sus trabajos de caracterización o redemarcación, impuesto por el Protocolo de 1930, había constatado que las “altas cumbres del Mbaracayú” seguían por el ramal Norte de la cordillera y no por el Sur como asumía Brasil. Los trabajos técnicos demostraron fehacientemente que las más notables cataratas del Salto, estaban efectivamente en territorio nacional.
Mediante el canciller norteamericano Dean Rusk, quien propició el acuerdo entre las partes en el Acta Final de Foz de Yguazú, de junio de 1966, se pudo dirimir la cuestión. No obstante, el Acta mudó, sin ratificación parlamentaria, a condominio el Salto del Guairá. Una fórmula jurídica extraída de la galera fáctica para disimular la usurpación de la soberanía nacional. En Acta Final también se acordó que la producción del futuro emprendimiento hidroeléctrico, en el río Alto Paraná, sería repartida en partes iguales entre los dos países. Mientras, la energía paraguaya no utilizada sería adquirida por un precio justo por el ocasional socio. Un hecho no menor acordado en el Acta, significó la retirada de la tropa y el final de la ocupación brasileña.
3. Años más tarde, en el Tratado de Itaipú de abril de 1973, fue bastardeado el objeto y fin del Acta Final de Foz de Yguazú de junio de 1966. En efecto, solo el 7% de la energía producida en la usina hasta ahora es aprovechada por Paraguay. Es más, la tarifa promedio de la energía excedente, que en el mercado brasileño es cotizado como mínimo a unos US$ 80 el MWh, no acaba de superar los US$ 2,5 el MWh. Por increíble que parezca, esta inusual entrega de la soberanía energética fue ratificada con una ley aprobada por la mayoría oficialista del Parlamento Nacional.
4.- La misión de Itaipú solamente consiste en generar energía barata para sus usuarios. Sin embargo merced a los órganos de administración, sin aprobación parlamentaria, quedó incluida desde el 2003 como tareas las acciones sociales y ambientales.
Habida cuenta de que el costo del servicio de electricidad siempre debe ser igual al ingreso proveniente de la venta de la producción, la entidad no estaba en condiciones financieras para abordar los nuevos presupuestos.
Sin embargo, ante estos nuevos compromisos se apeló a los fondos sociales. Para hacer efectiva esta figura, inexistente en el Tratado, en vez de potencia –cuya tarifa mensual cubría los costos de servicio de electricidad, aunque sin crear ganancias– se dividió la energía en garantizada y no garantizada.
La una, la garantizada hasta los 75.134.520 MWh en condiciones de sufragar todos los costos de los componentes del servicio de electricidad, que incluye los royalties y resarcimientos por supervisión a la ANDE y a la Eletrobrás. Con la otra, la energía adicional a la garantizada, sin compromiso fiscal alguno, se logró ingresar a Itaipú, solo en el 2015, unos US$ 76.370.000.
5. Itaipú, en vez de abaratar los costos del servicio, los va aumentando. Por insólito que parezca, sin solución de continuidad, sigue encareciendo la tarifa con multimillonarios pagos anuales por préstamos ya suficientemente cancelados. Todo ello, en detrimento de los consumidores y en beneficio de la multinacional Eletrobrás.
Concomitantemente, son empoderados los órganos de administración con atribuciones propias de un Estado paralelo, sustentado en la numerosa clientela política.
Para completar el combo, el blindaje jurídico se encarga de mantener la hipoteca sobre la mayor parte de nuestra energía en pro del desarrollo de Brasil.
6. Finalmente, la pusilánime gestión gubernamental ante la comprobada apropiación indebida de nuestra principal riqueza en Itaipú, debilita nuestras justas reivindicaciones. Hasta tanto, próximo al 2023, solo resta el conocimiento y la fortaleza fundados en el Derecho internacional.
Pese a todo, en los tiempos que corren no se puede descartar una legítima alianza con los países centrales, con deseos de compartir intereses vitales, como una herramienta más para afrontar con éxito la política brasileña del hecho consumado.
Per se
La misión de Itaipú consiste en generar energía barata para sus usuarios; pero en 2003 incluyeron las acciones sociales y ambientales al margen del Legislativo.
juanantoniopozzo@gmail.com