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La propuesta tiene como finalidad la modificación de dos artículos de la ley que reglamenta la información de carácter privado.
El objeto es esclarecer en el artículo 5° que las autorizaciones expresas y escritas se darán para cada caso, evitando así la interpretación de que una vez otorgada a una entidad, esta pueda utilizar de manera reiterada para seguir solicitando los datos de la persona en cualquier otro momento.
En el artículo 10° inciso a, se busca establecer una penas más duras, elevándolo a delito y remitiendo al artículo 143° del Código Penal Paraguayo para la correspondiente sanción.
“Los datos de la situación patrimonial de una persona son de carácter privado y al revelar estos datos sin autorización expresa y escrita, las empresas se inmiscuyen en la vida privada e intimidad de las personas”, señala el parlamentario en su exposición.
Indica que la cantidad de consultas y las ofertas de crédito, pueden bajar la faja de calificación de la persona, por más que esta no deba nada a nadie y no tenga ningún problema de morosidad, lo cual al momento de solicitar un crédito se le termina negando.