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El proyecto de ley que modifica varios artículos de la Ley 5033/13 sobre la declaración jurada de bienes y rentas de los funcionarios públicos, figura en el punto 7 del orden del día de la sesión de esta tarde del Senado, a iniciarse a las 13:00.
La normativa fue presentada por el senador Paraguayo Cubas (Cruzada Nacional), con el objetivo de una mayor transparencia en las instituciones públicas.
La tendencia, según los sondeos previos en las bancadas, es favorable a la aprobación, pero con algunas modificaciones al proyecto.
Uno de los cambios planteados es sobre la periodicidad de la declaración para los funcionarios públicos. La ley vigente establece que se debe realizar dentro de los 15 días de haber tomado posesión del cargo y en igual término al cesar en el mismo.
La propuesta de Cubas es mantener esta obligación y agregar que también se debe hacer al inicio de cada año.
La Comisión de Asuntos Constitucionales, en tanto, propone que se haga la declaración jurada en los primeros 15 días de haber asumido el cargo, luego de dos años y seis meses de esa primera vez y luego y dentro de los 15 días de cesar en el cargo.
En cuanto a la publicidad de la declaración jurada, esta posibilidad no está prevista en la ley vigente.
La propuesta de Cubas es que el declarante debe autorizar que se haga pública dentro de los tres días de ser presentada. Mientras la propuesta de la comisión es que se haga pública dentro de los 15 días de haber sido presentada.
También existe una diferencia entre la propuesta del proyecto sobre el plazo en el que la Contraloría debe dictaminar sobre la correspondencia entre las declaraciones juradas de bienes y rentas presentadas al asumir y cesar en el cargo por parte de los funcionarios. El proyecto propone que sea en el plazo de 3 días y el dictamen de la comisión lo extiende a 15 días.
En un punto que coinciden el proyecto y el dictamen de la comisión es que la publicidad y publicación de las declaraciones juradas se harán por todos los medios disponibles y de fácil acceso para la población y, en especial a través del sitio web o portal digital de la Contraloría General de la República.
Organismos privados
El dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales agrega además un punto que no contiene el proyecto original: la obligación de las personas físicas o jurídicas que reciban fondos públicos o que obtengan contratos públicos de presentar declaración jurada de bienes y rentas.
La propuesta también hace extensiva la obligación a los directores, socios, gerentes, miembros de comisión directiva, fundadores u otros responsables de la conducción de la empresa privada.
De aprobarse hoy la normativa en el Senado pasará para su estudio a la Cámara de Diputados.