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La jueza penal de Sentencia, Norma Girala, concluyó que Casco Aponte cometió los delitos de calumnia, difamación e injuria contra Molinas Ramírez, al valorar las pruebas testimoniales y documentales durante el juzgamiento.
Según los antecedentes, en junio de 2015, a través de un video que se viralizó en las redes sociales, la ahora condenada acusó a la exconcejala de “liderar una banda criminal”. En ese entonces Casco Aponte responsabilizó a Molinas Ramírez de una persecución que sufría ella.
En la explicación de la sentencia, la juez Girala sostuvo que Casco Aponte acusó sin fundamento a Molinas Ramírez, ya que la exconcejala no registra condena judicial por asociación criminal.
El abogado querellante Derlys Martínez solicitó dos años de prisión para Casco Aponte y una indemnización de G. 50 millones que será destinada a una institución de beneficencia, al señalar que su cliente no busca lucrar con la acción judicial sino preservar su honor y reputación.
Por su parte, la abogada defensora Yolanda Paredes dijo su cliente no incurrió en los delitos, teniendo en cuenta que Molinas Ramírez “no tiene honor” que eventualmente podría ser afectado y solicitó la absolución de la querellada.
El juzgamiento de Casco Aponte generó todo tipo de especulaciones. Se mencionó que la mujer habría sido amante de Javier Zacarías Irún y por esa razón supuestamente fue perseguida por los seguidores de la intendente Sandra McLeod de Zacarías (ANR), según varias denuncias presentadas en la Fiscalía por Casco Aponte. La imputación de Ramírez Molinas duerme en Cámara de Apelaciones.