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La mesa directiva, presidida por Fernando Lugo (Frente Guasu), confirmó ayer el pedido que hizo el senador Juan Darío Monges (ANR, cartista), aprobado por la plenaria la semana pasada, para tratar como primer punto del orden del día de este jueves el proyecto de ley que reglamenta el artículo 201 de la Constitución de la pérdida de investidura.
El proyecto a estudiarse dispone que deberá haber mayoría de dos tercios de votos (30 y 53) para aprobar la pérdida de investidura de un legislador, pese a que la Constitución no establece ninguna mayoría especial. También dice la ley que deberán respetarse las normas penales vigentes, lo que significa que deberá haber una condena judicial para que corra la pérdida de investidura.
El senador Silvio “Beto” Ovelar, líder de la bancada de Colorado Añetete, indicó que personalmente también estaba de acuerdo con ese plan y agregó que “hay un gran número de colegas que respaldan”.
El legislador desestimó que esta norma apunte a blindar a los legisladores dificultando la posibilidad de que sean sancionados. Sostuvo que, cuando hay casos de conductas notoriamente reprochables, como la del senador colorado Óscar González Daher, se obtendrán fácilmente los dos tercios necesarios o inclusive más votos.
Ovelar expresó que, si solamente hacen falta 23 votos, una mayoría circunstancial puede “deshacerse” de otros colegas en coyunturas muy conflictivas, como la del 31M, por ejemplo.
El senador Fernando Silva Facetti, líder de la bancada liberal, manifestó también su respaldo a la normativa, al señalar que es ilógico que para suspender por 60 días a un legislador se necesiten 30 votos y que para expulsarlo sean suficientes 23.
El senador del Frente Guasu Hugo Richer dijo que establecer una mayoría de dos tercios para aprobar la pérdida de investidura sería disponer algo que no está en la Constitución. Señaló también que la ley, tal como fue concebida, hace depender la sanción a un legislador a que haya un proceso judicial, dejando de lado el criterio político, que fue el que se aplicó en el caso de Fernando Lugo en 2012 y a González Daher en 2017.