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En el acuerdo específico se establecieron los derechos y obligaciones entre las partes para el correcto mantenimiento y la conservación de estos automóviles entregados en uso provisional de las marcas Volkswagen y Toyota.
Los rodados fueron entregados en uso provisorio de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de la Ley Nº 5876/17 de Administración de Bienes Incautados y Comisados en su apartado de los Depositarios, Administradores, Interventores y Terceros Especializados: “en el caso de los vehículos, inmuebles y otros podrá entregarlos en depósito para su uso provisional a entidades del Estado”.