Movimientos de los partidos deben transparentar cuentas

El Senado modificó ayer el proyecto de ley de financiamiento político, que obliga, entre otras cosas, a los movimientos internos de los partidos a dar un informe detallado al TSJE sobre las contribuciones recibidas. También duplicó de US$ 70.000 a US$ 140.000 el monto de las donaciones.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2061

Cargando...

Un fuerte debate motivaron ayer las modificaciones a la ley de financiamiento político en la plenaria del Senado. Se le hicieron varias modificaciones, por lo que el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados para su estudio.

Aun si la Cámara de Diputados trata en forma acelerada el proyecto y lo sanciona, sus disposiciones no regirán para las elecciones internas del 17 de diciembre y tampoco para las generales de abril del año próximo. Esto se debe a la demora con la que fue tratada en la Cámara Baja el proyecto.

Entre los puntos más polémicos, se eliminó la disposición del inciso g) del artículo 62 que prohibía a los partidos, alianzas, movimientos o concertaciones recibir contribuciones o donaciones de personas acusadas por delitos graves vinculados al crimen organizado. Se estableció, argumentando el principio de la presunción de inocencia, que la prohibición regirá para las personas condenadas por esos delitos.

El senador Arnaldo Giuzzio (ex PDP) cuestionó esta modificación, señalando que con esto se habilitaba a personas sobre las que existen fundadas dudas de estar involucradas en delitos a que contribuyan a las campañas de los partidos, como el caso de sospechosos de delitos de narcotráfico.

Una inclusión importante fue la de que el control del financiamiento se hará también en las internas, lo cual no estaba previsto en el proyecto de la Cámara Baja, que solamente habla de las elecciones generales.

El cambio aprobado dispone que los movimientos internos partidarios presentarán ante los tribunales internos un informe detallado de las contribuciones o donaciones recibidas para el financiamiento de las campañas, con indicación de su origen y monto, en formato a ser reglamentado por el TSJE. Los movimientos internos que no dieren cumplimiento a esta obligación serán pasibles de una multa equivalente a 300 jornales mínimos.

Igualmente, se mantuvo la disposición de que los partidos, movimientos, alianzas o concertaciones deben realizar una declaración jurada, dentro de los 5 días posteriores a la oficialización de las candidaturas presentadas, en la que se deberán consignar todos los activos y recursos al inicio de la campaña, para presentar ante la Subsecretaría de Estado de Tributación, a fin de obtener un identificador tributario que los individualice para el control del financiamiento de la campaña política.

Otro cambio importante es el que los partidos no podrán recibir contribuciones o donaciones anónimas que superen en una misma campaña electoral al equivalente a 10.000 jornales mínimos (unos US$ 140.000).

La Cámara Baja había establecido un monto de 7.000 jornales mínimos. El tope vigente en la actualidad habla de 5.000 jornales mínimos.

Dicen que ley no servirá

El senador Adolfo Ferreiro (Avanza País) sostuvo que las disposiciones de la ley de financiamiento político serán inaplicables por la realidad política y social del país. “Nadie está en contra de un ordenamiento jurídico que garantice la transparencia”, dijo. Sin embargo, expresó que el documento solamente afectará a los candidatos débiles o movimientos pequeños, que no podrán cumplir con las exigencias burocráticas y beneficiará a los partidos con mayores recursos financieros. Luis Alberto Wagner (PLRA) dijo que esta ley desconoce la realidad del país y que no servirá para la transparencia, sino para que los poderosos la utilicen como arma de persecución a adversarios políticos.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...