Mitin a favor de Arnaldo en la Sala de Intendentes

El intendente de Asunción, Arnaldo Samaniego, permitió colocar una pancarta partidaria en la Sala de Intendentes de la Comuna, según denuncia del concejal Félix Ayala (PLRA). Fue la semana pasada, en una reunión partidaria de Samaniego.

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El concejal liberal Félix Ayala calificó como un hecho grave la colocación de una pancarta proselitista en la Sala de Intendentes de la Comuna capitalina. El cartel es una propaganda del titular de la seccional 28, Carlos Espínola, quien busca su rekutu y de Pablo Rodríguez, quien se postula para miembro de la Junta de Gobierno, además de Hilda Benítez, como convencional.

“Es lo más grave que hizo Arnaldo Samaniego, quien se caracteriza por no hacer nada; y justo hace lo que no se tiene que hacer y de una manera grave. Nosotros estamos diciendo que nos preocupa la utilización de los recursos municipales en su campaña de reelección, pero tan alevoso no pensamos que podía ser”, indicó el edil. Anunció que analizan solicitar su destitución de la Intendencia con base en la violación del Código Electoral, que prohíbe la colocación de pancartas partidarias en una institución municipal.

El acto proselitista se efectuó el pasado miércoles 4 de marzo, y en ella estuvieron afiliados a la seccional 28, liderados por su presidente Carlos Espínola.

Por otra parte, en la cuenta de Facebook del presidente de la seccional 28, efectivamente se publican las imágenes de la reunión con el Jefe Comunal.

Tras críticas, ANR permite uso de sus locales

Tras las diversas críticas por el uso de recursos estatales en la campaña interna de los colorados, la titular Lilian Samaniego emitió una resolución que dispone las instalaciones de la Junta de Gobierno y todas las seccionales para los movimientos internos a fin de realizar actos partidarios y electorales. La resolución surge tras las diversas denuncias de los medios de prensa de la utilización de bienes estatales en actos colorados.

¿Qué dice la Ley Electoral?

El artículo 296 del Código Electoral prohíbe, en el inciso b, la fijación de letreros, adhesión o colocación de carteles en edificios públicos nacionales, departamentales y municipales. El hecho ocurrido en la Sala de Intendentes sería una violación al código.

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