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Básicamente tres son los artículos más cuestionados del proyecto de ley de “promoción de la inversión en infraestructura”, más conocido como alianza público-privada.
Los senadores que cuestionan el proyecto apuntan al artículo 52 que habla de la autorización legislativa y establece que el Ejecutivo queda expresamente facultado a determinar, detallar y precisar, los términos, contenido, condiciones y características de los proyectos específicos a ser ejecutados.
El senador liberal Miguel A. Saguier considera que se viola la Constitución con la aprobación de este artículo, debido a que el Congreso no puede declinar de manera genérica de su facultad, especialmente sus deberes. Argumentó que el Art. 202, inciso 11 de la Carta Magna señala que son deberes y atribuciones del Congreso: “Autorizar, por tiempo determinado, concesiones para la explotación de servicios públicos nacionales, multinacionales o de bienes del Estado, así como para la extracción y transformación de minerales sólidos, líquidos y gaseosos”.
Siguiendo este mismo criterio jurídico, Saguier indicó que eventualmente por ley también al Ejecutivo se le puede otorgar la facultad de designar y prestar al mismo tiempo el acuerdo para la designación de embajadores
“Burlamos al Congreso”
El senador del PDP, Arnaldo Giuzzio, afirmó ayer que “estamos burlando la participación del Congreso en todo lo que sea concesiones. Pese a que muchos dicen que no es una concesión, en la práctica se presenta como una concesión porque habla de montos, plazos, cuál será la participación del Estado y de las empresas privadas. Es una concesión y para toda concesión según el Art. 202 de la Constitución, inciso 11, es necesario que parta una autorización del Congreso”, añadió.
Otro de los artículos cuestionados es el 20, que se refiere al procedimiento para los contratos. Según Saguier, en el proyecto aprobado (ver infografía), mediante una reglamentación el Gobierno puede escoger “otros procedimientos competitivos”, con lo cual se puede dejar de lado la ley de Contrataciones Públicas. Es decir, el Ejecutivo tiene la potestad de contratar a empresas privadas para ejecutar obras en forma directa. Otro de los artículos cuestionados es el 4 del proyecto (ver info). El cuestionamiento al mismo es que el Estado asumiría también riesgos, al igual que el capital privado, en caso de problemas en la inversión.
pguerrero@abc.com.py