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De esta manera, se aplicaron medidas menos gravosas a la prisión para los procesados Juan Carlos Tillería Cáceres, Alcides Ramírez Ovelar, Luis Olmedo Paredes y Lucía Agüero Romero.
Los tres primeros son vecinos de la colonia Brítez Cue, del distrito de Corpus Christi; mientras que la mujer es vecina de la colonia Santa Catalina, de esta ciudad.
Según los argumentos, las cuatro personas corrían riesgo de vida, debido a la huelga de hambre iniciada hace casi dos meses atrás para forzar la liberación de la causa que se le sigue.
Custodia policial
Los beneficiarios de la medida judicial deberán guardar prisión en sus respectivos domicilios con rigurosa custodia policial. Solamente podrán trasladarse de sus casas para concurrir a un centro médico asistencial con el compromiso de justificar al juzgado la presentación de un certificado de estado de salud.
La disposición judicial advierte, además, que de incumplirse la norma de conducta, podrá ser revocada la medida, lo que implicaría una nueva prisión. El abogado defensor Vicente Morales comprometió una fianza personal de G. 200 millones para garantizar la responsabilidad civil en la causa.
Revocatoria de prisión
Durante la audiencia de revisión de medidas, el magistrado Benítez denegó la revocatoria de prisión planteada por el abogado Vicente Morales en favor de los procesados Felipe Benítez Balmori, Dolores López Peralta, Adalberto Castro Benítez, Arnaldo Quintana Paredes y María Fani Olmedo, todos procesados por la matanza en Campos Morombí y recluidos en la cárcel regional de Coronel Oviedo.