Grosera contradicción de la Corte en la sentencia del caso Curuguaty

En el fallo absolutorio de 11 campesinos condenados en el proceso por la masacre de Curuguaty hay una grosera contradicción. Dos camaristas que integraron la Sala Penal votaron por un nuevo juicio oral y uno por la absolución de los involucrados. Sin embargo, en la parte resolutiva de la sentencia ganó el voto en minoría. Al parecer, los camaristas que integraron la Corte no leyeron lo que firmaron. Se habla de una fuerte injerencia política.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2074

Cargando...

El camarista del fuero penal Cristóbal Sánchez fue el preopinante y votó por hacer lugar a la casación planteada por la defensa de los condenados. Dijo que el caso tenía que ser reenviado a primera instancia para que se haga un nuevo juicio oral.

Sánchez concluyó que tres de los cuatro puntos de los agravios expresados contra el Acuerdo y Sentencia N° 15 del 29 de mayo de 2017 del Tribunal de Apelaciones de Canindeyú, que confirmó la condena de los campesinos, están justificados. Igualmente, apuntó que por decisión directa, también se debe anular el fallo N° 43 del 11 de julio de 2016, por el cual un Tribunal de Sentencia condenó a los acusados por la fiscalía.

“Se debe reenviar la causa para un nuevo juicio oral. En este nuevo juicio, deberán además excluirse y repetirse las pruebas del segundo agravio”, resaltó Sánchez en la página 57 de la sentencia.

En la página 59 del fallo, el doctor Arnaldo Martínez Prieto apuntó que comparte el voto de Sánchez. Es decir, que el caso sea reenviado para un nuevo juicio oral.

El camarista Emiliano Rolón, quien también integró la Sala Penal que estudió la casación, votó por la absolución de los 11 condenados. Resaltó que no es necesario un nuevo juicio.

“Las deficiencias detectadas ya no podrán ser corregidas, pues fueron ocasionadas en la etapa investigativa y en ritual penal “no se podrá retrotraer el procedimiento a etapas anteriores, con grave perjuicio para el imputado”, agregó. 

Sin embargo, a pesar de que el voto de Rolón era en minoría, en la parte resolutiva del Acuerdo y Sentencia 293 del 26 de julio pasado, se absolvió a todos los condenados en juicio; cuando que de acuerdo a la postura de Sánchez y Martínez Prieto se tendría que haber ordenado un nuevo juicio. 

Esta grave y grosera contradicción de la sentencia generó sospechas, comentarios y fuertes críticas respecto a los camaristas que integraron la Sala Penal de la Corte. 

Se dijo, por un lado, que los magistrados ni siquiera leyeron la sentencia antes de firmar, porque, de lo contrario, es inadmisible el grave error.

Por el otro, tanto Rolón como Sánchez y Martínez Prieto son aspirantes a la Corte Suprema y que habrían cedido a las fuertes injerencias políticas en el caso. Especialmente, se habla del interés que mostró el Frente Guasu en la causa.

La referida nucleación política tiene 7 senadores, cuyos votos serán decisivos para la designación de un nuevo ministro de la Corte.

El fallo de los camaristas que conformaron la Sala Penal fue duramente criticado por los fiscales que actuaron en el proceso y que incluso recusaron a los magistrados.

Según varios jueces y camaristas, Sánchez, Rolón y Martínez Prieto dictaron una sentencia política y no jurídica. Violaron las disposiciones legales, que establecen claramente que los mismos, como miembros de la Sala Penal, no pueden revalorar las pruebas que ya fueron analizadas en juicio oral.

Criticaron a Martínez Prieto, que hace poco integró la Sala Penal, por el hecho de que en un reciente caso particular en donde había mucho interés económico en juego se mostró muy apegado supuestamente a la ley, y no así en el caso Curuguaty.

Condenados y absueltos

Los condenados absueltos por la Corte son Rubén Villalba, Luis Olmedo Paredes, Arnaldo Quintana Paredes, Néstor Castro, Lucia Agüero, María Fani Olmedo, Dolores López, Felipe Benítez Balmori, Adalberto Castro Benítez, Juan Carlos Tillería y Alcides Ramírez P.

Las penas establecidas eran de 30, 20, 18, 6 y 4 años de prisión.

El suceso se registró el 15 de junio de 2012 y murieron 7 policías y 11 campesinos.

El presidente del Jurado de Enjuiciamiento, Cristian Kriskovich había anunciado que analizarán la actuación de jueces, camaristas y fiscales que intervinieron en el caso. A los mismos también se deberían sumar los camaristas que integraron la Sala Penal que dictaron una sentencia groseramente contradictoria, que es muy criticada incluso por miembros del Poder Judicial. 

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...