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La ley, según se aclara en la misma, no está dirigida a quienes tengan el status de refugiadas otorgado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas.
Establece asimismo que no se otorgará a quienes hayan cometido un delito grave en otro país o que hayan cometido algún delito de lesa humanidad.
El propósito de la ley, señaló Santa Cruz, es asegurar a las personas apátridas y a quienes soliciten el reconocimiento de esa condición el disfrute más amplio de sus derechos humanos así como facilitarles su naturalización.
La misma normativa establece que su interpretación se hará desde una perspectiva sensible al género, a la edad y a la diversidad, en el sentido que más favorezca a la persona apátrida.
Señala también la ley que las personas no serán discriminadas por su condición y no se les impondrán sanciones en el caso que hayan ingresado irregularmente al territorio nacional. Igualmente, se dispone que la aplicación de la ley estará a cargo de la Comisión Nacional de Refugiados (Conare) que pasará a denominarse a partir de la vigencia de la ley Comisión Nacional de Refugiados y Apátridas, con las mismas siglas.