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El decreto autoriza “al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y a la Administración Nacional de Navegación y Puertos a realizar tareas de dragado del río Paraguay, iniciando inmediatamente las trabajos en todos los puntos críticos del curso de agua”.
Además establece que ambas instituciones deberán firmar un convenio de cooperación interinstitucional para realizar conjuntamente el dragado del río; de manera que los trabajos concluyan en el menor tiempo posible.
El Poder Ejecutivo considera prioritario hacer navegable el curso hídrico en el menor tiempo de manera a dar una vía de salida a los productos, sobre todo a los granos.
Atendiendo a este interés, se ordena que “la Administración Nacional de Navegación y Puertos deberá informar a la Presidencia de la República de manera quincenal sobre el avance de las obras de dragado, hasta la culminación de las mismas”.
Durante la presentación que hicieron los ministros de Obras, Ramón Jiménez y de Industria, Gustavo Leite, a los inversores internacionales un día después de que asuma el nuevo gobierno, se había dejado en claro que reflotar y poner en funcionamiento el sistema de la hidrovía sería fundamental.
Incluso en esa ocasión dejaron en claro que su funcionamiento haría bajar dramáticamente los costos de transporte de productos.