Diputados reflotan la ley inconstitucional de blindaje

La Cámara de Diputados va camino a reflotar el proyecto de ley de “autobandidaje” para que legisladores sigan poniendo de rodillas a jueces y fiscales sin que sean expulsados. A medias se aprobó ayer una propuesta que inconstitucionalmente inventa una atribución al Tribunal Electoral. Como trampa incorpora la condena previa por tráfico de influencias cuando el Art. 201 de la Constitución habla de uso indebido de influencias.

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Por 58 votos a favor y 18 en contra, la Cámara de Diputados aprobó ayer que el procedimiento para establecer la pérdida de investidura sea a través de una ley y no de un reglamento interno (ver infografía), propuesta que también fue puesta a consideración y que planteaba una aplicación práctica a los pedidos de expulsiones de parlamentarios, como el caso del acusado diputado Carlos Portillo (PLRA, efrainista), contra quien existe un reclamo de pérdida de investidura pendiente de tratamiento desde hace más de dos meses. 

En una segunda votación se pusieron a consideración dos proyectos de ley. Los diputados colorados y liberales se abroquelaron y por 43 votos a favor y 30 en contra decidieron aprobar en general un proyecto de ley en el que se establece que para presentar un pedido de pérdida de investidura en Diputados deberán reunir 19 firmas, mientras que en el Senado deberán presentar el pedido 33 legisladores. 

Así también, cada Cámara por mayoría absoluta (41 votos en Diputados) y (23 votos en Senadores) resolverá enviar los antecedentes al Tribunal Electoral de la Capital, que puede ser apelable ante el Tribunal de Justicia Electoral (TSJE). La decisión final podría recaer en los tres cuestionados ministros de la Justicia Electoral. 

En el Art. 2 establecen en las definiciones términos utilizados en el Art. 201 de la Constitución, como inhabilidades, incompatibilidades, uso indebido de influencias, pero no así la definición de tráfico de influencias. Esto podría ser utilizado para que en casos de tráfico de influencias se pida condena previa. El proyecto de ley fue aprobado hasta el Art. 5° y la continuidad de su estudio se haría en una próxima sesión, que será definida por el titular de Diputados, Miguel Cuevas (ANR, Añetete).

Amenaza

En el Art. 23 de la norma a ser aprobada se plantea una amenaza para el parlamentario que presente un pedido de pérdida de investidura, porque habla de temeridad o mala fe en la acusación. Otro artículo que también llama la atención es que la ley de reglamentación a los procesos de pérdida de investidura se aplicará a los concejales municipales y departamentales, no habla de aplicar a intendentes ni a gobernadores. Durante más de 3 horas los diputados buscaron reforzar la necesidad de una ley. Hablaron que si aprobaban el procedimiento vía reglamento interno por una mayoría circunstancial podrían ser destituidos y los casos podrían utilizarse en campaña.

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