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Antecedente
Según la resolución de la Corte Militar, el fiscal militar teniente coronel David Salomón Miranda Castro había solicitado la prisión preventiva de la militar madre, luego de que la misma elevara a sus superiores una nota de “reconsideración”, para ser repuesta en el cargo de intendente girador de la Dirección del Servicio de Sanidad de la Armada, del cual fue removida pocos días después de haber dado a luz a su hijo.
En la argumentación, según consta en el acto interlocutorio (A. I.) N° 10 del 10 de mayo de este año, el fiscal militar justifica su pedido señalando que “se constata que la misma ha empleado términos inapropiados que colisionan con claras disposiciones establecidas en el Código Penal Militar, que eventualmente podrían ser calificadas como delito o faltas contra la disciplina militar”.
El juez Alfredo Fariña decretó la prisión preventiva de Quinteros, con base en los citados argumentos.
Sin embargo, dicha orden nunca fue ejecutada, es decir, la teniente Quinteros nunca cumplió la prisión preventiva dictada en su contra, confirmó su abogado defensor.
Habeas corpus
El pasado 24 de mayo, el Tribunal de Apelación en lo penal, 2ª sala, ratificó el habeas corpus preventivo otorgado a favor de la Tte. Quinteros, por la jueza Blanca Gorostiaga, el cual fue presentado por el defensor del Pueblo, Miguel Godoy.
Poco antes, el abogado defensor de la militar elevó un recurso de reposición ante la Justicia Militar.
Ambas acciones influyeron en la A. I. N° 11, del 26 de mayo, para que el juez militar Alfredo Fariña decidiera revocar el pedido de prisión preventiva que dictó en principio contra la teniente Quinteros.