Blanco debe defenderse de 9 acusaciones presentadas

Este martes 13 de noviembre, a las 15:00, se reanudará oficialmente el juicio político al ministro de la Corte Suprema de Justicia Sindulfo Blanco, proceso que fue congelado por las disputas políticas desde abril del 2016. En aquel entonces, se presentaron nueve acusaciones en su contra, y ahora le toca el turno a su defensa exponer sus argumentos sobre los hechos que se le acreditan.

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Fallos contra la Constitución Nacional

Habilitó el ingreso al país de químicos altamente peligrosos. El diputado Miguel del Puerto había expuesto en abril del 2016 sobre este punto que “el ministro Sindulfo Blanco ha incurrido en mal desempeño de funciones y en la comisión de hecho punible de prevaricato, en sucesivas decisiones adoptadas con motivo de acciones de inconstitucionalidad que fueron planteadas por empresas importadoras de productos domisanitarios, y que lograron seguir introduciendo al país y comercializando productos que contenían tripolifosfato de sodio, sustancia altamente contaminante del medio ambiente”. A raíz de las resoluciones del magistrado, se detectaron altos índices de contaminación que afectaron los cauces hídricos y el lago Ypacaraí.

Pérdida de la honorabilidad

Reconoció haber mentido sobre su inamovilidad para ganarse la confianza del Senado y conseguir su nombramiento. “Mentí porque yo consideraba un ascenso, un premio a mi larga, mi proficua y honesta trayectoria de magistrado. Y es impensable que un magistrado que ya tenía dos confirmaciones sea castigado colocándosele allí en la guillotina”, había dicho al periodista Guillermo Domaniczky, durante una entrevista en Radio Cardinal en abril del 2012. Antes de jurar, en el 2004, los senadores le preguntaron al magistrado y a otros de sus colegas, en una audiencia pública realizada sobre la duración del mandato de un ministro de la Corte. Blanco había respondido que era de cinco años. Sin embargo, en el 2009, él fue declarado inamovible por sus colegas de la Corte.

Compraventa de tierras públicas

Compró 5000 hectáreas del Estado destinadas a la reforma agraria y pagó solo una fracción. Las transfirió a su esposa en el momento de su disolución conyugal y esta las vendió a un ciudadano uruguayo. “En el hecho, se le atribuye adeudar al Estado una parte importante del precio de dichas tierras, y de no haber dado cumplimiento a las disposiciones del Estatuto Agrario, tal de ser: ocupar el inmueble, cultivarlo o hacerlo producir conforme a las características de la tierra”, explicó el diputado Miguel del Puerto, en abril del 2016, cuando fueron presentadas en la Cámara de Senadores las acusaciones contra el ministro Sindulfo Blanco. En el año 1987, el entonces IBR le adjudicó dos inmuebles de 2500 hectáreas cada uno por la irrisoria suma de 1200 guaraníes la hectárea.

Evitó la remoción de un juez en el Este

El juez en lo Civil del Tercer Turno de Ciudad del Este Atilio Saguier Granado permaneció más de 4 años en funciones, pese a que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados lo había removido del cargo el 25 de julio de 2007. El magistrado presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia y así logró permanecer en funciones, merced a la medida cautelar que le fue concedida. La Sala Constitucional integrada por el ministro Sindulfo Blanco congeló el expediente manteniendo esa medida cautelar, hasta que el juez removido fue sustituido por otro electo luego del llamado a concurso por fenecimiento del mandato de aquel. “Esta injustificable situación (...) constituye una gravísima causal que autoriza la remoción del ministro acusado”, aseveraron los fiscales acusadores.

Impidió intervenciones de la Contraloría

Con maniobras, el ministro Sindulfo Blanco logró impedir varios años la intervención de la Contraloría General de la República (CGR) en el control de los gastos del Poder Judicial. En fecha 31 de diciembre de 2008, el Magistrado firmó el Acuerdo y Sentencia N° 1385, en el juicio caratulado: Acción de inconstitucionalidad Antonio Fretes, contra artículo 1, 2 y 3, de la Ley N° 2248/03, que modifica el artículo 30 de la Ley N° 879 Código de Organización Judicial. Como consecuencia de dicho Acuerdo y Sentencia, el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, dictó el A.I. N° 6, de fecha 7 de febrero de 2011 y por el mismo resolvió declarar la competencia del Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, para entender en la presente causa de juzgamiento de rendición de cuentas correspondientes al ejercicio financiero de los años 2006 y 2010 del Poder Judicial.

Ineficaz ejercicio de la Superintendencia

Como superintendente de la Circunscripción de Alto Paraná, Sindulfo Blanco, de extracción liberal, es cuestionado por los manejos irregulares en el Poder Judicial de dicho departamento. La senadora Georgia Arrúa (PQ), de dicho departamento, acusó al alto magistrado de ser el responsable de los vicios judiciales de la zona. “Todas las roscas que funcionan en Alto Paraná son su responsabilidad”, dijo la senadora. A esto, se debe sumar que gracias a su influencia, el diputado Carlos Portillo (PLRA), aliado político, logró que su causa sea llevada a Ciudad del Este. El mismo fue imputado por delitos de tráfico de influencia, cohecho pasivo agravado, soborno, y asociación criminal, luego de la difusión de varios audios donde se le escucha pedir dinero para modificar causas judiciales.

Aplicó una ley que estaba derogada

El ministro de la Corte Suprema de Justicia Sindulfo Blanco fue cuestionado por ignorancia de la ley, hecho que fue incluido entre las nueve causales del pedido de juicio político en su contra. Blanco aplicó una ley, la 1931, que había sido derogada en 1954. Por citar como ejemplo, otro caso similar fue el ocurrido en mayo de 2016, cuando la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia anuló su propia resolución, en un fallo con pocos precedentes, debido a que al resolver la cuestión había utilizado una ley que ya se encontraba derogada. También es el único ministro de la Corte que se encuentra imputado por prevaricato, tras haber admitido una casación contra la anulación de un juicio por apropiación. Actualmente, su caso no tiene un juez.

Declaró inamovibles a sus colegas

Mediante el Acuerdo y Sentencia N° 443 del 9 de junio de 2009, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró la inamovilidad del ministro del máximo tribunal Miguel Óscar Bajac, hasta la edad límite de la jubilación de 75 años, al hacer lugar a un pedido de certeza constitucional. Para el estudio de este planteamiento, la sala estuvo integrada por los ministros Víctor Núñez, Sindulfo Blanco y el camarista Carlos Bray Maurice. Esta situación fue presentada por el diputado Ramón Romero Roa, quien señaló que “la Sala Constitucional, al admitir una cuestión de certeza constitucional, no estaría ni siquiera atribuyéndose funciones legislativas; mucho peor, estaríamos volviendo con la misma competencia que tuvo la Convención Nacional Constituyente del año 1992”.

Liberó al peligroso asesino Ruffato

En el referido caso penal, el acusado Fabio José Ruffato fue condenado por sentencia definitiva N° 67 de fecha 19 de agosto de 2003, dictada por el tribunal colegiado de sentencia de Ciudad del Este, a una pena privativa de libertad de 23 años, por la comisión del hecho punible de homicidio doloso con alevosía y ensañamiento. La defensa de Ruffato, ejercida por la abogada Josefina Gunsett Melgarejo, planteó el recurso extraordinario de revisión. Le cupo dirimir este recurso nuevamente a la Sala Penal de la Corte, integrada por Sindulfo Blanco, Óscar Bajac y Alicia Pucheta. En el fallo, Blanco, con su voto favorable, además de Bajac, admite el recurso de revisión y redujo la pena impuesta al condenado, de 23 años a 9 años de privación de libertad. Pucheta votó en disidencia.

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