18 de diciembre, fecha clave

La renuncia de la intendenta de Ciudad del Este Sandra McLeod (ANR, cartista), presentada ayer al titular de la Junta Municipal Miguel Prieto, debe ser puesta a consideración del legislativo comunal para su aprobación o rechazo, según indica la ley orgánica municipal. Si los ediles la aprueban, se aplicará el artículo 53 de la ley citada, inciso C, que señala que si un Intendente renuncia durante los tres primeros años de mandato, el TSJE convocará a nuevas elecciones.

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McLeod juró oficialmente el 18 de diciembre del 2015. Si aceptan la renuncia, dentro de los dos últimos años de mandato (después del 18 de diciembre del 2018) el titular de la Junta Municipal será intendente interino y podrá elegirse entre los concejales al intendente que terminará el periodo de mandato, hasta diciembre de 2020. 

La mitad más uno, en Diputados

Para aprobarse la intervención, en la Cámara Baja hoy se necesita mayoría simple (la mitad más uno de presentes). Si se resuelve, el Ejecutivo deberá designar un interventor, dentro del plazo de 15 días, el cual tomará las riendas de la Comuna y McLeod debe ser separada del cargo temporalmente. La intervención no puede durar más de 90 días.

De constatarse las irregularidades denunciadas en la ejecución del presupuesto, “previo dictamen de la Contraloría” (Art. 165 C. N.), la Cámara Baja podrá resolver la destitución de McLeod por mayoría absoluta (41 votos de 80 diputados).

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