Para uruguayos, cierre del caso Peirano beneficia a Paraguay

Para las autoridades uruguayas, si la Suprema Corte de Justicia de ese país confirma la clausura del proceso penal de los hermanos José y Jorge Peirano Basso, se habilita la extradición de ambos procesados al Paraguay.

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En nuestro país, corre el riesgo de prescribir.La defensa de los Peirano refuta que el cierre del caso en Uruguay beneficie a nuestro país porque no se daría ya la "doble incriminación" que se necesita en un proceso de extradición.

La doble incriminación a la que aluden los defensores se refiere a que en ambos países deben estar tipificados los hechos punibles para que corra la extradición.

Si en Uruguay no existe la figura penal por la que quieren extraditar a los Peirano, no corresponde la extradición, según la defensa.
   
El ex canciller uruguayo Gonzalo Fernández adelantó en setiembre de este año que la confirmación de la clausura de la causa los perjudicará porque determinará la extradición a Paraguay.   
  
Fernández había cuestionado la estrategia de sus defensores de pedir la clausura, por entender que eso demoró la resolución del caso y abrió la posibilidad de una extradición inmediata al Paraguay.

También defendió la derogación del artículo 76 de la Ley 2230 (insolvencia societaria fraudulenta) y dijo que los hermanos Peirano ya estaban libres cuando el tema fue abordado en la Cámara Alta.   
  
En el caso de José Peirano, hay dos sentencias de extradición al Paraguay  ejecutoriadas por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) por delitos no  comprendidos por el artículo 76 y cuya entrega está diferida hasta que se agote el proceso nacional.

En el caso de Jorge Peirano, todavía no hay sentencia ejecutoriada porque está en casación en la SCJ, pero esta seguramente pronunciará la sentencia de casación en la misma línea de las dos  anteriores.

"De manera que no entiendo el beneficio que tendrían", argumentó el ex canciller.   
  
Asimismo, señaló a medios de prensa que la extradición fue solicitada por los delitos de "lesión de confianza, conducta indebida en situación de crisis y estafa", lo que a su entender torna "imposible" que se amparen en la  derogación del artículo 76 para no ser extraditados.

"La estafa sigue estando tipificada en el artículo 347 del Código Penal", apuntó.   
  
Fernández también había cuestionado, además, la resolución del Tribunal de Apelaciones que determinó la clausura del proceso porque "el delito del artículo 76 quedó absorbido en el artículo 248 de la Ley de Concursos" y porque "la imputación definitiva era y es por insolvencia societaria fraudulenta".
   
Para la defensa, es otra la historia   

Desde que lograron la clausura del proceso en la Cámara de Apelaciones, los abogados defensores de José y Jorge Peirano, Pablo Donnangelo y Diego Camaño, anuncian la revisión de la extradición firme ya que apelarán al "principio de doble incriminación" para intentar impedir que sus defendidos sean llevados al Paraguay, en caso de que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) confirme tal clausura en Uruguay.   
  
A diferencia del argumento del ex canciller Gonzalo Fernández, los abogados consideran que la derogación del artículo 76 de la Ley 2230 "elimina el efecto de reflejo que se requiere para que se extradite".

Donnangelo dijo que para extraditar a una persona se requiere que "el delito que se imputa esté vigente en los dos países". Enfatizó: "Con la derogación se desvanece ese requisito".

Los abogados alegan así que el pedido del Gobierno paraguayo es por "lesión de confianza y conducta indebida en situación de crisis" y no por "estafa".

Sin embargo, la imputación fue también por estafa, pero la extradición se otorgó solo por lesión de confianza.

El proceso del BNF

El antecedente más próximo de prescripción es  del proceso de préstamos millonarios a transportistas sin garantías del BNF. Uno de los procesados,  al ex miembro del directorio, Sindulfo Ramírez Reichert,  estuvo prófugo de la justicia, luego fue encarcelado y durante el juicio oral no se computó su rebeldía.

El riesgo de la prescripción

Lo que sin dudas buscan los ex banqueros José y Jorge Peirano es que el proceso de extradición a Paraguay se alargue hasta el 2011 y puedan contar con un "as bajo la manga": la prescripción por el doble del plazo del tipo legal base que es de 5 años (lesión de confianza), y como los hechos datan de 2001, se concretarían así diez años sin sentencia condenatoria firme.   
   
La Corte Suprema de Justicia de Paraguay justamente no es la más adecuada para definir la situación legal de los ex banqueros, ya que los antecedentes hablan de dudosos fallos en hechos de corrupción y todo hace suponer que el máximo tribunal emite fallos de acuerdo a la cara del cliente.   
   
En Paraguay, los abogados de los Peirano son Alcides Cáceres y Tarek Tuma.

Ambos profesionales se involucraron en el expediente para congeniar con sus pares de Uruguay en esta estrategia, que a todas luces puede dejar impune el saqueo de 2.200 ahorristas, solo en el del  Banco Alemán de nuestro país.

Ambos abogados inclusive ya se acercaron a la Fiscalía de Delitos Económicos y Anticorrupción para sondear las posibilidades.
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