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El Jurado de Enjuiciamiento dispuso el procesamiento del juez de Alto Paraná Manuel Trinidad, por presunto mal desempeño.
El magistrado había sido denunciado por la Corte, que remitió al organismo juzgador el resultado de una auditoría, que comprobó que Trinidad violó el artículo 134 de la Constitución, en cuanto a tramitación de amparo y varias disposiciones legales.
El 14 de julio pasado, la Corte remitió al Jurado el resultado de la auditoría.
El magistrado, según los auditores, otorgó en el expediente "Varios sobre amparo", una medida de urgencia, disponiendo la entrega de las mercaderías introducidas al país, sin especificar en qué calidad (por ejemplo en carácter de depositario judicial).
"Concluyendo finalmente que las evidencias que se tienen arrojan que los hechos en cuestión versan sobre un supuesto mal desempeño de funciones del magistrado denunciado y en tal sentido, el estudio o juzgamiento de decisiones no sería competencia de la Oficina Disciplinaria", señaló la abogada Guillermina Ramírez de Giubi, del Departamento de Análisis del Poder Judicial.
En su informe, la abogada aclara que el Departamento de Análisis no es competente para entender en el caso, porque no encontró irregularidad administrativa. Sin embargo, dejó bien claro que se puede hablar de mal desempeño de funciones del juez, por ignorar la ley y también la Constitución.
El Jurado de Enjuiciamiento está presidido por el diputado liberal Jorge Ávalos Mariño.
El magistrado había sido denunciado por la Corte, que remitió al organismo juzgador el resultado de una auditoría, que comprobó que Trinidad violó el artículo 134 de la Constitución, en cuanto a tramitación de amparo y varias disposiciones legales.
El 14 de julio pasado, la Corte remitió al Jurado el resultado de la auditoría.
El magistrado, según los auditores, otorgó en el expediente "Varios sobre amparo", una medida de urgencia, disponiendo la entrega de las mercaderías introducidas al país, sin especificar en qué calidad (por ejemplo en carácter de depositario judicial).
"Concluyendo finalmente que las evidencias que se tienen arrojan que los hechos en cuestión versan sobre un supuesto mal desempeño de funciones del magistrado denunciado y en tal sentido, el estudio o juzgamiento de decisiones no sería competencia de la Oficina Disciplinaria", señaló la abogada Guillermina Ramírez de Giubi, del Departamento de Análisis del Poder Judicial.
En su informe, la abogada aclara que el Departamento de Análisis no es competente para entender en el caso, porque no encontró irregularidad administrativa. Sin embargo, dejó bien claro que se puede hablar de mal desempeño de funciones del juez, por ignorar la ley y también la Constitución.
El Jurado de Enjuiciamiento está presidido por el diputado liberal Jorge Ávalos Mariño.