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La permiten, aunque no de manera inmediata, por aquello de que quien ejerce la presidencia corre con ventaja ante sus rivales.
Otras democracias electorales la permiten inmediatamente, aunque con la limitación de que sea por única vez, como Estados Unidos.
A través de su Asamblea Nacional Constituyente de 1992, Paraguay decidió prohibir la posibilidad de reelección en todas sus formas.
Una historia cargada de inestabilidades políticas, y sobre todo con una prolongadísima dictadura reciente, hizo que los constituyentes dejaran expresamente establecido en el artículo DE LA DURACIÓN DEL MANDATO (229), que tanto el Presidente como el Vicepresidente NO PODRÁN SER REELECTOS EN NINGÚN CASO.
Recordaba en la 730AM esta semana, el expresidente de la Asamblea Constituyente, Óscar Facundo Ynsfrán, que incluso al aprobar este artículo hubo unanimidad y una aclamación de los constituyentes.
Tal fue el celo entonces, para bloquear la aspiración de perpetuidad de quien ejerciera la presidencia, que incluso se limitó constitucionalmente la posibilidad de que se candidataran su cónyuge o sus parientes, dentro del cuarto grado de consanguinidad, o segundo de afinidad (art. 235 inc. 9).
Y todo quedó aún más blindado, cuando establecieron que no se podría usar un procedimiento como el de la enmienda, sino uno más complejo, como el de la reforma, para modificar estos cerrojos (art. 290), conforme nos lo recordaba también el mismo expresidente de aquella Constituyente.
A través de una mayoría circunstancial, una triple alianza cartolugollanista, que se pergeña en el Senado, pretende ahora modificar las reglas de juego a través de una enmienda.
Tiempo hubo, y suficiente, para llevar adelante una reforma de la Constitución, proceso establecido para modificar algo tan fundamental como la posibilidad de reelección, en un país con una historia política plagada de dictadores y caudillismos.
“Que el pueblo decida” expone ahora una de sus voceras para justificar la enmienda y distraernos de la cuestión de fondo. Y el diccionario nos lleva al concepto de demagogia, o degeneración de la democracia, consistente en que los políticos, mediante concesiones y halagos a los sentimientos elementales de los ciudadanos, tratan de conseguir o mantener el poder.
Que es mejor que decidan más de tres millones seiscientos mil personas y no nueve ministros de la Corte, exponen también, como si fuese que en realidad nos hacen un favor planteando un falso dilema, cuando que en realidad saben que el proceso que corresponde es el de una reforma constitucional con una convocatoria a una nueva Asamblea Nacional Constituyente.
Pero como los plazos así ya no les cierran, y apremiados ahora por la incapacidad de generar otras candidaturas, pretenden meternos en su cuenta regresiva empujados por sus cálculos electorales.
Así las cosas, el mismo Senado que rechazó un proyecto de enmienda para la reelección hace menos de cuatro meses, podría volver a tratar en pocos días más, un proyecto de enmienda para la reelección. Seguridad jurídica, le llaman.
Principios, no personas. Las sociedades y las instituciones serias se edifican sobre la base de la defensa de los principios, y no de las personas o intereses particulares. Así estos sean los de nuestro equipo político, tendotás, patrones, jefes o camaradas.
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