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“Existen cooperadoras escolares que solicitan un aporte para sus fines, pero el dinero no puede ser condicionante para la inscripción o no de los estudiantes. El MEC no avala ningún pedido económico”, enfatizó la autoridad. El año académico del 2019 se iniciará en la última quincena del mes de febrero en las instituciones públicas.
Colegios privados
Cano también lanzó una clara advertencia a las instituciones educativas de gestión privada. Aclaró que no se puede retener la libreta de calificaciones del estudiante por falta de pago de cuotas atrasadas. “Ese es un documento que el niño requiere para poder inscribirse en cualquier institución y ese derecho es inviolable”, enfatizó.
Respecto a las deudas impagas dijo que “son cuestiones administrativas que las instituciones deberán dirimirlas en otras instancias con los padres”; pero no pueden retener el boletín de calificaciones, acotó.