Intendencia aprobó derribar casa de finales de siglo XIX

La Jefatura de Patrimonio Cultural de la Comuna capitalina había informado en 2014 que la última casa quinta de fines del siglo XIX en zona de Autopista formaba parte del patrimonio histórico y estaba protegida. Sin embargo, la Dirección de Obras Particulares autorizó su demolición, que se concretó el sábado.

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La demolición de la casa quinta el sábado pasado, que data de 1890 aproximadamente y se ubicada sobre la avenida Aviadores del Chaco casi Santa Teresa, demuestra la total descoordinación en que se maneja la Municipalidad de Asunción, a cargo de Mario Ferreiro.

El ingeniero Carlos Halke, director de Obras Particulares de la comuna, reconoció ayer que su dependendencia autorizó el derribo de la edificación, considerada la última casa quinta patrimonial de la zona del barrio Ycuá Satí, que había pertenecido a Estela “Ñata” Legal y actualmente es de la empresa Victoria Paraguay (vinculada a la Secta Moon). El funcionario explicó que la casa, hoy hecha escombros, no formaba parte del catálogo comunal de edificaciones consideradas patrimonios históricos. “Teníamos un pedido para demolición, con los informes correspondientes. Esa casa no se encuentra catalogada, según consta en el expediente, un informe que realizó el Departamento de Patrimonio Cultural de Asunción”, dijo.

Cuando se le consultó porque se ignoraron las leyes 946/82, “De Protección de los Bienes Culturales”, y 5621/16, “De Protección del Patrimonio Cultural”, Halke aclaró que no es abogado, pero explicó que si bien estas leyes amparan, las mismas son muy amplias, por lo que se requieren que estén reglamentadas, que se dan por las ordenanzas o resoluciones. Dijo que no se le puede negar al dueño de una propiedad la petición de demoler si la edificación no está protegida por ordenanza o resolución o una ley que señale específicamente ese inmueble.

La arquitecta María Miranda, jefa de Patrimonio de la comuna, piensa muy diferente a Halke. La profesional confirmó a ABC ya el 24 de noviembre de 2014 que la vivienda formaba parte del patrimonio histórico de nuestro país. Explicó que esa casa debía ser mantenida como tal ya que la Ley 946/82 indica en su artículo 21 que “queda prohibida la demolición de los bienes culturales” y, por ende, no puede ser destruida. “Es un bien protegido. Debería respetarse y hacer un proyecto que lo integre, que lo conserve y que lo restaure. Eso es lo que la Municipalidad de Asunción recomendaría”, dijo Miranda en su momento.

Hechos que no se castigan

Otra casaquinta de la época de los López, en Nicanor Torales y Guido Spano, fue demolida en noviembre de 2015, hecho que terminó en la total impunidad, al igual que otros casos. La Ley 5621, “De Protección del Patrimonio Cultural”, establece castigos de hasta 5 años de cárcel para los que derriban propiedades consideradas patrimonios históricos; sin embargo, la normativa es letra muerta actualmente.

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