Maniobran en Corte para no pagar impuesto por la venta de cigarrillos

El fiscal adjunto Roberto Zacarías recomendó a la Corte que rechace una inconstitucionalidad promovida por la firma Suntec Company SA contra el decreto que establece el pago de impuesto por la importación de cigarrillos. La firma ya obtuvo la suspensión de los efectos la disposición del Ejecutivo. Se habla de una maniobra en el caso.

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Zacarías hizo notar en su dictamen que la empresa ni siquiera cumplió con los requisitos formales para que la acción sea admitida. Sin embargo, la firma obtuvo medida de urgencia por la cual se suspendieron los efectos del Decreto N° 5445 del 17 de noviembre de 2010.

El fiscal adjunto manifestó que si bien Suntec opera en el ramo de la comercialización de productos derivados del tabaco, “no ha acreditado que sea concretamente importadora o fabricante de cigarrillos, lo cual debe ser demostrado habida cuenta que el impuesto selectivo al consumo, al que se refiere el decreto hoy atacado, grava únicamente la importación (importador) y la primera enajenación (fabricante) de los productos individualizados en el artículo 106 de la Ley N° 125/91 –modificado por la Ley 2421/04–, entre los cuales se encuentra el cigarrillo, no así su comercialización”.

Resaltó el fiscal que la empresa accionante no acreditó que el decreto impugnado le ocasione agravio concreto y actual, por lo que aconsejó el rechazo de la inconstitucionalidad.

“En lo que hace a la legitimación, no caben dudas de que la firma accionante debe ser importadora o fabricante de cigarrillos y acreditar los extremos”, dijo.

Sin embargo, Suntec obtuvo la suspensión de los efectos del decreto con los votos favorables de los ministros Miryam Peña y Antonio Fretes. La doctora Gladys Bareiro fue disidente.

Ya fue beneficiada

La empresa Suntec había sido beneficiada por la Corte con la suspensión de los efectos de decreto del Ejecutivo y resoluciones del Ministerio de Salud que establecen el control de productos alimenticios.

En este caso el fiscal Zacarías dijo también que la acción ni siquiera debió ser admitida.

Luego del pronunciamiento del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), dependiente del Ministerio de Salud, la Corte rechazó la acción y levantó la medida cautelar.

La firma Global había obtenido una medida igual contra Salud Pública, pero que luego también se rechazó.

En tema de la importación de perfumes, igualmente Global y Suntec consiguieron resoluciones favorables de la Corte Suprema.

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