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El magistrado señaló en su resolución que el amparo va contra la Ley Nº 1340/88, lo cual es inadmisible.
La organización presentó el amparo solicitando que el juez declare inaplicable la referida ley que reprime el consumo y comercialización de sustancias estupefacientes. De igual manera, se pidió que el Ministerio Público, Policía Nacional y Senad no los detenga por ese motivo.
Mientras hacían la referida presentación este grupo realizó una manifestación frente al Palacio de Justicia, de Sajonia.
El juez no dio curso favorable al pedido y alegó que el amparo no reúne los presupuestos conforme se desprende del artículo 134 de la Constitución Nacional, sino más bien hace efusiva referencia a su disconformidad con la ley.
También refiere en su parte resolutiva el magistrado Fernández que su juzgado no puede ir contra una ley que es clara en los artículos atacados y prohibe la venta, suministro, transporte, extracción, refinación, posesión o distribución de sustancias estupefacientes y drogas peligrosas.
Por otra parte, recuerda el juez que la Dirección Nacional de Vigilancia del Ministerio de Salud autorizó la importación del aceite de cannabis de los Estados Unidos mediante un permiso especial que se dio a conocer el pasado 15 de abril del 2017, por lo que los miembros de la asociación no pueden alegar que no existe la forma de conseguir los medicamentos que ellos pretenden producir en sus hogares, para aplicarle a sus hijos.