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El Tribunal de Apelación integrado por Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Cristóbal Sánchez tiene que resolver la recusación de la magistrada Caballero. Posteriormente, debe analizar la apelación de los fallos por los cuales ordenó la entrega de los narcoaviones.
El 27 de junio de 2016, por los Autos Interlocutorios 674, 675 y 676 ordenó al Ministerio Público, remitir en 48 horas, tres aeronaves a la Dirección Nacional de Aeronaútica Civil (Dinac).
Los aviones fueron incautados en un allanamiento realizado en Pedro Juan Caballero, en un angar y taller de reparación, a 200 metros del aeropuerto internacional de la referida ciudad. Esto se registró el 6 de julio de 2015.
La jueza en las resoluciones apeladas por la fiscalía dijo que las máquinas no forman parte del caudal probatorio en la causa investigada y que corresponde entregarlas a la Dinac, que es la encargada de determinar la titularidad y condiciones de uso, “así como la entrega de las mismas a quienes resulten propietarios o mandatarios, una vez resueltos los trámites administrativos”.
Inobservancias
Para el fiscal Pecci, las citadas resoluciones son claramente ilustrativas de que el órgano juzgador de primer grado incurrió en indisimulables inobservancias de preceptos cardinales de la ley procesal penal vigente, “y en una severa distorsión de los principios elementales del sistema acusatorio formal, en el que el Ministerio Público desarrolla la investigación e impulsa la persecución penal pública, con un control de la observancia de los derechos y garantías que asisten a las partes, a cargo del juez penal de garantías, órgano que no puede arrogarse facultades de valoración exclusiva y excluyente de un tribunal colegiado en un eventual juicio oral”.
“El criterio de la juzgadora de primer grado exalta al poner de manifiesto que jurídicamente no existen elementos para retener las aeronaves es infundado y complaciente con los intereses de los reclamantes. Resulta inexplicable y seriamente cuestionable que la citada juzgadora logre desproteger el resguardo de objetos irregulares que son importantes en una investigación fiscal de notoria complejidad y especificidad, que no ha transgredido plazo alguno. En complemento a los serios indicios que hacen viable la investigación preliminar en curso, casi a totalidad de las aeronaves, al ser sometida a un aspirado criminalístico, dieron positivo a partículas de cocaína detectadas en el interior de las mismas, carecen de placa de serial y utilizan stickers o ploteados como indicadores de matrícula, cuando la normativa aeronáutica exige que ella debe estar pintada en el fuselaje”, enfatizó Pecci.
El perjuicio mediante los fallos impugnados es superlativo: ha fulminado de manera indebida con el debido proceso. La decisión del juzgado es técnicamente indefendible y como tal, indudablemente nula; es racionalmente absurda y en términos reales, jurídicamente complaciente con los reclamantes de aeronaves irregulares, y desalentador de la debida persecución penal estatal con relación a hechos vinculados al narcotráfico, refirió en su recusación, en la que pide que la jueza Caballero sea apartada del caso. Incluso una auditoría de la Corte corroboró la irregularidad registrada con la entrega de los narcoaviones.
Antecedentes
Este caso tuvo su origen en un operativo efectuado por la Senad el 15 de noviembre del 2014 en la zona conocida como Karapã’i, jurisdicción de Pedro Juan Caballero, donde se incautó media tonelada de cocaína que estaba a bordo de una avioneta y fueron capturados cuatro presuntos narcos, entre los que se encontraba el expolicía Sixto González Godoy. Ocho meses después, el 6 de julio de 2015, fueron allanados hangares del aeropuerto de Pedro Juan Caballero donde se incautaron 22 avionetas que supuestamente eran utilizadas por la misma estructura criminal para transportar drogas. La fiscalía pidió el comiso y tras la “liberación” de siete aeronaves “movió” la causa y sacó imputaciones, una contra el importador Ulises Cardozo. Todas las máquinas presentan problemas de documentación y matrícula, y pese a ello estaban habilitadas por la Dinac.
Fulmina labor preparatoria
“La jueza no solo fulmina la labor preparatoria del Ministerio Público en esta causa, sino que ordena que la Dinac entregue las aeronaves una vez dilucidadas las contravenciones”, sostiene el fiscal Marcelo Pecci en su escrito de recusación en donde crítica duramente la disposición de la jueza, que también fue apelada y deberá ser resuelta por la Cámara de Apelación que atiende el proceso.