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Las excepciones planteadas por el abogado Francisco Torres estaban dirigidas contra el requerimiento fiscal N° 812, por el cual la Fiscalía General del Estado acusó por lesión de confianza a Soares y a Guachiré, la que considera extemporánea.
La ministra preopinante Miryam Peña destaca que no hay correspondencia entre la petición de la defensa y el objeto de la excepción de inconstitucionalidad, motivo por el cual es improcedente. Idéntica postura tuvieron los ministros Eugenio Jiménez y Manuel Ramírez Candia, quienes integraron la Sala Constitucional por inhibición de Gladys Bareiro y Antonio Fretes.
“Debo resaltar el hecho de que una excepción de inconstitucionalidad promovida en el 2016, sometida a consideración del suscribiente el 28 de marzo del 2019, es decir, más de dos años y once meses después. Se erige ello en un verdadero exceso si se considera que durante dicho lapso ha estado en vigencia la privación de efectos del requerimiento fiscal impugnado, por lo que bien cabe la sospecha de que no ha constituido una actitud accidental. Se trata, indudablemente, de uno de los casos que contribuyen al desprestigio del Poder Judicial”, afirma Jiménez, quien pide una auditoría de gestión.
“(...) el presente expediente fue puesto en mi despacho el 29 de marzo de 2019 y resulta evidente la excesiva demora en la tramitación del expediente y se justifica la auditoría de gestión para determinar y sancionar a los responsables de la mora judicial que genera un enorme desprestigio al Poder Judicial”, señaló Ramírez.
Juicio truncado
El 8 de febrero del 2017, fecha fijada para el inicio del juicio oral y público a Soares y Guachiré, la audiencia tuvo que ser suspendida luego de que la ministra Miryam Peña solicitara al Tribunal de Sentencia el expediente del caso, para estudiar las excepciones ahora resueltas.