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Los camaristas Pedro Mayor y José Fernández votaron a favor de conceder la libertad a Martínez. Alegaron que la prisión preventiva que soporta en la penitenciaría de Tacumbú sobrepasó la pena mínima dispuesta para los hechos punibles de homicidio doloso (5 años) y abigeato (6 meses).
Martínez ya cumplió los 6 años y 7 meses de prisión preventiva, sin que hasta la fecha haya recaído sentencia condenatoria. El Art. 236 del Código Procesal Penal ordena que la prisión preventiva no podrá sobrepasar la pena mínima prevista para cada hecho punible.
Los camaristas integrantes del alto tribunal invocaron además el Art. 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos en el que se dispone que “toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido”.
Mayor y Fernández al revocar la prisión preventiva que pesaba sobre Martínez, ordenaron que el procesado comparezca ante el tribunal de sentencia competente.
Por su parte, la ministra Miryam Peña (disidente) sostuvo que la prisión preventiva de Martínez fue dispuesta por orden de juez competente y que, por lo tanto, debía rechazarse el hábeas corpus promovido bajo patrocinio de la abogada Tania Llorens.
“Soldado israelí” fue sindicado como el principal responsable del triple homicidio ocurrido el 23 de mayo de 2009 en Ybycuí. Resultaron víctimas el ganadero y exconcejal municipal de esta comunidad Ricardo Cabello, su capataz Alberto Medina y el peón Hilario Marecos, supuestamente incinerados en un horno para hacer carbón.