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En una extensa explicación, el tribunal de sentencia integrado con las juezas Mesalina Fernández, Rosarito Montanía y Esther Fleitas argumentó que los doce exmiembros del directorio de la Caja de Jubilados de Itaipú (Cajubi) actuaron con dolo para perpetrar el tremendo daño a la institución.
Indicaron que el daño patrimonial que pone en peligro la jubilación de los trabajadores de la Binacional Itaipú fue cuantificado en por lo menos US$ 48 millones.
Este dinero fue remesado a cuatro productos denominados Euro Invest, Génesis, Keystone y Unión Securities, para realizar supuestas inversiones. Sin embargo, las empresas fueron de fachada, creadas solamente en los papeles para recibir el multimillonario fondo de la Cajubi.
Llegaron al colmo de haber creado las empresas luego de haber recibido los millones de dólares, lo que desnudó la actuación dolosa que solamente tenía como fin enviar el dinero al exterior para que luego se repartan algunos privilegiados.
La investigación apuntó a que los expresidentes de la Cajubi Bogado Núñez y Escurra se habrían quedado con gran parte del dinero remesado.
Acerca de los demás exconsejeros de la Cajubi el tribunal manifestó que ninguno puede alegar que fue engañado. Todos son profesionales universitarios con años de trayectoria dentro de la misma institución. Si desconocían algún hecho, tenían la potestad de solicitar los informes, pero no lo hicieron porque actuaron como coautores para vaciar la Cajubi, refirió el tribunal.
Por otro lado, el colegiado también sostuvo que las remesas de los millones de dólares se realizaron a través de simples informes o de proyecciones en PowerPoint de las “ofertas” que recibieron del extranjero. No había dictámenes financieros ni jurídicos que avalen el envío del dinero para las supuestas inversiones.
Es más, se contabilizaron unas 54 auditorías que advertían de irregularidades en el manejo financiero de la Cajubi, pero ninguno de los exconsejeros ahora condenados solicitó informes para enterarse de lo que estaba sucediendo.
El tribunal también hizo referencia a que las inversiones se realizaron transgrediendo la ley de la Cajubi que exigía seguridad en las colocaciones que de por sí eran riesgosas. Paulatinamente, las trabas legales para realizar las inversiones fueron suprimidas para facilitar el envío del dinero de los jubilados que constituía el patrimonio de la Cajubi.
Los sentenciados
Fueron condenados a 14 años y enviados a prisión Víctor Bogado y Mariano Escurra; a 12 años, Walter Elías Delgado, César Bejarano y Félix Villamayor. A 10 años de prisión, Ricardo Pereira Poletti; a 8 años, Pabla Mieres, José Swzako y José Alonso. A 4 años de encierro fue condenado Cíbar Insfrán y a 3 años, Gustavo Duré y el exsíndico Édgar Mengual. Bejarano y Mieres, arresto domiciliario hasta que la pena quede firme (tienen más de 70 años).