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Victorino Villalba Rodríguez fue condenado a la pena señalada de pena privativa de libertad al ser hallado culpable del hecho punible de incumplimiento del deber legal alimentario.
El tribunal de sentencia que estuvo integrado por los jueces Richard Alarcón (presidente), Hilda Benítez Vallejo y Honorina Acosta (miembros titulares), dio por probada la acusación de la fiscala de Concepción, Silvia González, y el colegiado ordenó además que Villalba Rodríguez sea remitido a la penitenciaría regional de Concepción para el cumplimiento de la sanción. El tribunal asimismo impuso al condenado al pago de G. 50 millones en concepto de composición, suma que será destinada para la manutención de sus hijos.
Según los antecedentes de la causa, Villalba Rodríguez se separó de su esposa en el 2003, y desde entonces, dejó de asistir económicamente a sus tres hijos menores de edad.
En el 2005, la esposa de Villalba Rodríguez inició un juicio de asistencia alimenticia que concluyó con una sentencia que le obligó al pago mensual de G. 243.100. Esta suma no fue pagada a la madre de sus hijos, por lo que la mujer lo denunció penalmente por incumplimiento del deber legar alimentario, que prevé pena carcelaria de hasta 5 años. Antes del fallo condenatorio, el acusado incumplió reglas de conducta.